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Archivada la multa de 601 euros impuesta a un joven que iba a atender a su abuela

El gabinete jurídico Dvuelta consigue que la Subdelegación del Gobierno en Huesca la anule

DE SAN BERNARDO
Érika Montañés

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El joven al que el Estado ha levantado la primera multa del confinamiento prefiere que no se le identifique, pero este estudiante de 20 años y natural de Huesca, ha podido marcar con su causa un antes y un después para el millón de personas que fueron sancionadas durante el periodo de confinamiento, según Paloma García Alejo, su abogada. No es una invitación soterrada a que todo el mundo recurra su multa porque no esté conforme, aclara, pero sí aquellas personas que, como este joven, creen que fue un abuso injusto.

En el caso de este joven parecía tener todo a su favor. Cuando caminaba el pasado 22 de marzo por la Avenida de los Monegros de «la ciudad de la campana», dos agentes de la Policía Nacional le dieron el alto a las 15.30 horas, le interpelaron por sus motivos para ir por la vía pública con el Real Decreto 463/2020, por el que se declaró el estado de alarma vigente. El interpelado explicó que iba a atender a su abuela, una persona mayor y dependiente. Forma parte, explican desde el gabinete jurídico de Dvuelta que le ha ayudado a revocar esta sanción administrativa, de una de las excepciones contempladas para imponer el confinamiento. «Es más –añade García Alejo–; los policías dejan constancia en su informe de que el joven no desobedece en ningún momento a la autoridad y les explica que su abuela está pendiente de cuidados».

Cumplía la excepcionalidad

Aun así, «hacen caso omiso» y proponen una sanción pecuniaria de 601 euros. Si el joven hubiera hecho ademán de resistirse, hubiera podido llegar a los 300.000 euros. El veinteañero, que había regresado de la ciudad donde estudia a la suya para pasar el confinamiento junto a sus parientes, «cumplía uno de los supuestos de excepcionalidad», se reafirma su letrada. Él consideró un «atentado» que le pusieran una multa de 100.000 de las antiguas pesetas por caminar para asistir en lo que pudiera a su pariente. Se quedó «abrumado».

Ahora, tras el recurso interpuesto contra la sanción, la Subdelegación del Gobierno en Huesca ha anulado la multa al denunciado, según una resolución fechada el pasado 10 de junio. Este organismo argumenta en los fundamentos de derecho que el decreto de declaración del estado de alarma contemplaba como excepción los desplazamientos para atender a personas mayores, menores, vulnerables o no válidas, por lo que procede al archivo de la sanción. El gabinete de Dvuelta va más allá y deduce que la anulación de esta sanción «allana el camino al millón de personas que resultaron denunciadas por violar presuntamente el confinamiento, sin que se atendieran sus justificaciones al respecto».

Destaca también que la resolución de la Subdelegación del Gobierno «cuestiona» la legalidad de unas sanciones «rodeadas de polémica sobre su validez jurídica desde los primeros momentos» del encierro en casa de todos los españoles. En palabras de García Alejo, es fácil abrir otros procesos si, como en el caso de su cliente, se puede acreditar documentalmente la existencia de la persona a la que se va a cuidar y su estado o grado de dependencia, lo que no quiere decir, agrega, «que sin un documento, también se pueda alegar contra el Estado», por cuanto éste no tipificó en una norma específica este tipo de sanciones. En su lugar, lo que estableció fue una «analogía con la Ley de Seguridad Ciudadana». De esta forma, el quebrantamiento del estado de alarma se compara con un acto de «desobediencia» que, en muchos casos, no se da. «Este caso no es comparable a un conductor al que se le obligó a ponerse la mascarilla y no quiso, se resiste y le han acabado multando. No es lo mismo».

Si las multas siguen su curso administrativo podrán devenir en «onerosos embargos y cantidades incrementadas por su entrada en vía ejecutiva o por demoras en el pago», alertan en Dvuelta como aviso a navegantes.

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