inseminación «post mortem»

La viuda que pide ser fecundada con el semen de su marido llevaba sólo tres meses casada

Sus suegros, que no tienen nietos, respaldan la decisión de su nuera

La viuda que pide ser fecundada con el semen de su marido llevaba sólo tres meses casada ABC

M. J. PEREIRA

La mujer que pidió a un juzgado de Primera Instancia de Sevilla que extrajera el semen de su marido muerto en un accidente de tráfico para ser fecundada en un futuro llevaba casada apenas tres meses, según ha podido saber ABC en fuentes cercanas a ... la familia. La viuda, que tiene el apoyo expreso de sus suegros para llevar a cabo esa inseminación, sólo quiere cumplir la voluntad de su difunto esposo, «ya que todos los que le conocían sabían que su proyecto vital era tener hijos».

De hecho, antes de contraer matrimonio, él ya había expresado su deseo de tener hijos. «El tenía unas enormes ganas de ser padre. Le encantaban los niños y todo el mundo lo sabía, razón por la que ahora la familia entera lucha junta para que se cumpla su voluntad», explicaron personas cercanas a la viuda.

Él tenía tantas ganas de tener hijos que cuando falleció, a su esposa se le encedió una luz: tenía que tener un hijo póstumo de su marido. Para ello pidió en el juzgado que se le extrajeran espermatozoides, cuya vida en los testículos de un hombre muerto es de un máximo de 72 horas. Gracias a la rapidez con la que actuó el Juzgado de Primera Instancia, un especialista en Urología extrajo los «espermatozoides testiculares» y fueron congelados en nitrógeno líquido a 196 grados bajo cero en una clínica de reproduccion asistida de Sevilla diez horas después del fallecimiento.

El análisis de las muestras confirma la calidad de los espermatozoides, algo que no siempre se consigue en este actuacciones porque depende mucho de cómo haya muerto el hombre. La Ley de Técnicas de Reproducción Humana Asistida de 2006 establece un plazo de doce meses para usar ese semen.

La mujer, de 34 años, aún no ha solicitado la fecundación con el semen de su marido, aunque su intención es hacerlo en breve. El artículo 9 de esa ley establece que una viuda puede ser fecundada con el semen de su marido muerto y establecerse una relación de filiación entre ese niño y el marido, para lo cual la pareja tendría que haber estado en proceso de reproducción asistida o él haber prestado consentimiento. Hasta 2006 se exigía que ese consentimiento fuera mediante testamento o escritura pública. La clave ahora es buscar pruebas que puedan demuestren ese consentimiento.

Expertos juristas señalan que la viuda podría encontrar más problemas para que le autoricen el uso post mortem del material genético si además de la feundación pide la filiación, ya que ello generaría derechos sucesorios para el hijo. En principio, los padres del fallecido, que no tienen nietos, no se oponen, «entre otras razones –señalan amigos– porque sabían que su hijo quería ser padre por encima de todo».

La viuda que pide ser fecundada con el semen de su marido llevaba sólo tres meses casada

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