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Un asesor fiscal aclara si se puede deducir un alquiler posterior a 2015 en la declaración de la renta: «Es un falso mito»

El usuario conocido como 'tu blog fiscal' explica por qué este tipo de arrendamientos sí mantienen las ventajas fiscales

Una experta fiscal indica los errores más comunes al hacer la declaración de la renta: «No siempre el borrador es correcto»

V.L

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Este miércoles comienza la campaña de la declaración de la renta. Son muchos los conceptos que se pueden deducir según las circunstancias de cada persona, pero hay uno que preocupa a un gran sector de la población.

En la actualidad, las deducciones autonómicas -en las que está incluido el alquiler- son las que marcan los arrendamientos para que los inquilinos se vean beneficiados fiscalmente. Asimismo, estas deducciones son de alquileres posteriores a 2015 por lo que existe la creencia de que los anteriores no se pueden aplicar.

Un asesor fiscal explica si se puede deducir un alquiler anterior a 2015

Sin embargo, un asesor fiscal que utiliza su cuenta de TikTok para explicar asuntos relacionados, ha indicado si es verdad que se pueden deducir o no.

«Es un falso mito. Los alquileres anteriores a 2015 se pueden deducir», señala en el incio de su vídeo. El usuario conocido como 'tu blog fiscal' explica que existe una confusión por la que se ha desarrollado la creencia de que estos alquileres no se pueden deducir.

«Hay dos tipos de deducciones. La estatal que es cierto que sólo te puedes aplicar las deducciones a contratos anteriores a 2015 y la autonómica, que depende de cada comunidad autónoma», cuenta.

Es por ello, que este asesor recomienda informarse bien de cuáles son las condiciones de la deducción en la comunidad autónoma. «Ninguna comunidad autónoma pone un límite de que el contrato del alquiler tenga que ser posterior a 2015, es decir, que cada comunidad autónoma pone sus condiciones», asegura.

Como ejemplo pone la deducción disponible en la Comunidad de Madrid: «Es hasta 1.237,20 euros, una pasta». En cuanto a los requisitos, algunos sí que se especifican como ser menor de 35 años «o incluso 40 años si durante el periodo se ha estado en desempleo».

«No aparece que el contrato tenga que ser anterior a 2015. Hay otros requisitos, límites de ingresos y demás, pero sigue sin aparecer que el contrato tenga que ser inferior a 2015 porque no existe», insiste este asesor fiscal durante el vídeo.

@tu_blog_fiscal Deducción de alquiler, y da igual que el contrato sea posterior a 2015 (es un falso mito, ese requisito no existe). #alquiler #renta #irpf #deducciones ♬ sonido original - FISCALIDAD PARA TODOS

Añade que para aplicarla hay que acudir al aparato suma de deducciones autonómicas donde se abre el desplegable de deducciones autonómicas, «entre las cuales estará lo que has pagado por el alquiler de vivienda habitual».

«Si tu contrato es anterior a 2015 lo podrás indicar en la casilla de alquiler estatal si se cumplen ciertos requisitos», concluye.

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