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Editorial ABC

Justicia con plazos

La propaganda contra la reforma de 2015 es una amenaza contra los derechos de los investigados

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El Congreso de los Diputados se ha pronunciado a favor de modificar la reforma de los plazos para la investigación de los delitos, que el PP introdujo en 2015 en la Ley de Enjuiciamiento Criminal. Los propios diputados del PP se abstuvieron, en claro abandono ... de una medida que tendía a establecer unos límites razonables a la duración de las instrucciones penales. En contra de lo que dicen algunas críticas, ni la reforma beneficiaba a los corruptos del PP, ni la aplicación de los plazos conducía a la impunidad de los delitos. Basta una sosegada lectura del artículo 324 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal para comprobar que un caso penal mínimamente complejo podía prolongarse hasta tres años. Esta duración, en la práctica, puede ser mucho más amplia, porque los asuntos por corrupción son investigados por el Ministerio Fiscal antes de que pasen a un juzgado, y los fiscales pueden investigar estos durante un año. Ya son cuatro. Por si fuera poco, el cómputo de los plazos se suspende en cuanto el juez de instrucción decreta el secreto del sumario, lo que sucede habitualmente para que la Policía pueda tener intervenidas, hasta un máximo de 18 meses, las comunicaciones telefónicas de los investigados. Ya son cinco años y medio. Y si los plazos se agotan, el juez no está obligado a archivar el caso, sino que puede mandarlo a juicio, donde realmente se ventila la acusación.

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