La Guardia Civil insiste: La multa por circular en bicicleta por la acera

Está prohibido circular en bici por aceras y zonas peatonales, a no ser que esté señalizado como carril-bici de uso compartido con peatones

Bicicleta P.F.

S. M.

Madrid

La bicicleta se ha convertido en una alternativa para circular por la ciudad económica y responsable con el medioambiente. Incluso para trabajos de reparto. De hecho, es una de las mejores opciones en la actualidad para sortear las Zonas de Bajas Emisiones si vives ... y trabajas en zonas céntricas.

No obstante, los ciclistas deben respetar unas normas de circulación que, en caso de no ser cumplidas, acarrearán una sanción del mismo modo que ocurre con otros vehículos a motor o con los propios patinetes.

Por lo tanto, está prohibido circular en bici por aceras y zonas peatonales, a no ser que esté señalizado como carril-bici de uso compartido con peatones. Circular por la acera puede ser sancionado con 100 euros.

Otra sanción que te supondrá 100 euros también es llevar un pasajero en la bicicleta. Es decir, está permitido llevar un pasajero de hasta siete años de edad, siempre que vaya montado en un asiento adicional homologado y que el conductor sea mayor de edad.

La cuantía sube a los 200 euros si no se señalizan las maniobras como los giros, los cambios de sentido y de carril, al igual que en un coche. Las señales se pueden realizar tanto con el brazo derecho, extendiéndolo horizontalmente a la altura del hombro, como con el izquierdo, doblándolo en ángulo. Otros 200 euros si no llevas casco en estos dos casos: en menores de 16 años y si circulas en carretera.

También serás multado con 200 euros si no te bajas de la bicicleta para cruzar un paso de peatones y si utilizas el teléfono móvil o auriculares conectados mientras conduces.

Por último, y al igual que con los coches y las motos, la tasa máxima de alcoholemia para los conductores en general (0.5 g/l de alcohol en sangre o de alcohol en aire espirado superior a 0.25 miligramos por litro) es exactamente igual para los ciclistas. Igualmente están obligados, como otros conductores, a someterse al test de alcoholemia si son requeridos por un agente. Y la sanción puede ir desde los 500 euros, hasta los 1.000, según la tasa y la reincidencia.

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