El TSJPV condena a seis años a un hombre que violó a su empleada del hogar y la acusó de querer chantajearle
La sentencia niega el presunto interés económico en la interposición de la denuncia por parte de la víctima
Viola a una mujer en Jerez con la excusa de «quitarle un mal de ojo»
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Iniciar sesiónLa Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco (TSJPV) ha ratificado la condena de seis años de prisión impuesta a un hombre por violar a la mujer que había contratado para limpiar su vivienda en ... Vizcaya. La sentencia, dictada por la Audiencia Provincial el pasado mes de mayo, queda así confirmada en todos sus términos tras el rechazo del recurso presentado por la defensa del acusado.
En su resolución, el TSJPV desmonta los principales argumentos esgrimidos por el condenado, que había sostenido que el relato de la víctima era «incoherente» y que la denuncia respondía a un supuesto «móvil lucrativo». Ambas alegaciones son desestimadas: la sentencia concluye que no ha quedado acreditada la concurrencia de ningún interés espurio y que la narración de los hechos por parte de la mujer resulta «lógica en el tiempo» y «plenamente compatible con las pruebas objetivas» practicadas durante el proceso.
El tribunal recuerda que el testimonio de la víctima coincide con los informes médicos, con el atestado policial y con las conclusiones de la Unidad de Valoración Forense Integral (UVFI), lo que refuerza su credibilidad y descarta la hipótesis de una denuncia falsa.
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Pena de prisión e indemnización de 50.000 euros
Los hechos se remontan al 24 de enero de 2022. Aquel día, la mujer acudió al domicilio del acusado para realizar tareas de limpieza, en el marco de una relación laboral previamente acordada. Fue entonces cuando, según estableció la Audiencia de Vizaya, el hombre la agredió sexualmente. El tribunal de instancia consideró probado que la víctima no consintió en ningún momento el contacto sexual y que actuó bajo una situación de dominio y sometimiento generada por el acusado.
Además de la pena de prisión, la Audiencia impuso al condenado seis años de libertad vigilada, a cumplir una vez finalizada la condena, junto con la obligación de participar en programas de educación sexual. También deberá abonar una indemnización de 50.000 euros a la víctima en concepto de daños morales, así como otras medidas complementarias de protección y reparación.
El TSJPV confirma ahora todas esas disposiciones y subraya que la respuesta judicial ante los delitos sexuales debe ser «firme y proporcional», especialmente cuando existe una relación de confianza o dependencia entre la víctima y el agresor. El fallo, que todavía puede ser recurrido en casación ante el Tribunal Supremo, consolida la línea jurisprudencial que refuerza la credibilidad del testimonio de las víctimas siempre que esté corroborado por elementos objetivos.
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