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El Juzgado estima el recurso de vecinos del Santiago Bernabéu y anula la autorización del contrato para el párking junto al estadio

Al mismo tiempo, se imponen las costas al Consistorio, el cual recuerda que se trata de «cuestiones formales» y estudia la posibilidad de recurrirlo ante el Tribunal Superior

Once heridos, cinco a cuchilladas, y 32 detenidos en una brutal reyerta entre feriantes junto al Bernabéu

Trabajadores frente al estadio Santiago Bernabéu EFE

EP

El Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 30 de Madrid ha estimado un recurso de la Asociación Vecinal de Perjudicados por el Bernabéu contra el acuerdo de la Junta de Gobierno del Ayuntamiento que autorizaba el contrato de concesión de obra para la construcción y explotación de los aparcamientos del paseo de la Castallena-Bernabéu y Padre Damián junto al estadio del Real Madrid.

La sentencia, con fecha de 23 de mayo y a la que ha tenido acceso Europa Press, estima el recurso contra el acuerdo de la Junta de Gobierno del 9 de marzo de 2023, durante el anterior mandato municipal y anula este acto administrativo «por no ser ajustado a Derecho».

Al mismo tiempo, se imponen las costas al Consistorio, el cual recuerda que se trata de «cuestiones formales» y estudia la posibilidad de recurrirlo ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM), según han señalado a Europa Press fuentes municipales.

La parte demandante fundamentaba su pretensión por una posible infracción por parte de la Administración del procedimiento legalmente establecido respecto a las actuaciones preparatorias del contrato de concesión y sostenía que los proyectos autorizados infringían las Normas Urbanísticas del Plan General de Ordenación Urbana (PGOU) de Madrid en lo relativo al uso de garajes y aparcamientos.

También se omitía, sostenía, el trámite de evaluación de impacto ambiental y carecía, entre otras cuestiones, «de justificación de la concesión» o de «estudio de seguridad específico para el túnel» bajo el estadio.

Asimismo se aludía en el recurso a la «opacidad del procedimiento», mientras desde el Ayuntamiento se reclamó la inadmisibilidad del mismo por considerar que el acto impugnado era «de trámite no cualificado» y había «falta de legitimación activa de la parte actora». Igualmente, respecto al fondo del asunto, interesaba la desestimación del mismo.

Sin embargo, la magistrada encargada del caso considera que «no procede» esa inadmisibilidad al atribuir a la asociación recurrente «la legitimación activa en el presente recurso al tener la consideración de interesada».

«Alteración significativa» del estudio de Viabilidad

La sentencia sostiene que tanto el estudio de viabilidad presentado por el Real Madrid C.F. como el posterior estudio de viabilidad económico-financiera elaborado por la Administración sufrieron «una alteración significativa» tras el trámite de audiencia pública, «siendo el propio Ayuntamiento quien introdujo importantes modificaciones las cuales no fueron sometidas nuevamente a información pública».

Tampoco se aporta, señala el fallo, «prueba que acredite los parámetros de cálculo y los resultados obtenidos por la Administración» con los parámetros utilizados que se mencionan en el estudio de tráfico, ni se aporta «un estudio de Transporte».

La sentencia destaca, por otro lado, que los estudios de tráfico que se han considerado por el Consistorio en fundamento de su interés «solo se han basado en simulaciones para una hora punta horaria de un día tipo y no para cuando se producen eventos masivos».

En consideración a lo expuesto, el fallo apunta a que el Ayuntamiento de Madrid «no ha llegado a acreditar en el presente procedimiento que la ejecución de dos aparcamientos, de los cuales, uno proyecta una conexión directa con el parking propio del Estadio Bernabéu, satisfaga una finalidad de interés público y general acorde con el Planeamiento Urbanístico y específicamente con Plan Especial».

A mayor abundamiento, insiste en que «el déficit de plazas que a tal fin puedan quedar colmadas para los residentes de la zona en modo alguno puede compadecerse con el perjuicio medioambiental previsible para aquellos», pero «también para el resto de los ciudadanos en general», en consideración a una posible supresión de arbolado y zonas verdes que conllevaría la ejecución de las obras, así como a «la saturación del tráfico y aumento de la contaminación atmosférica y acústica que provocaría el incremento del trasiego de vehículos en la zona», cuyas «molestias» se verían «superadas con creces con ocasión de la celebración de eventos en el estadio del Real Madrid», entidad que «saldría beneficiada por la ejecución proyectada», subraya la sentencia.

El Ayuntamiento estudia el recurso

Tras conocerse el fallo, fuentes municipales explican que los Servicios Jurídicos del Ayuntamiento de Madrid están analizando la sentencia y apuntan a que la magistrada atiende en su fallo «a cuestiones formales» como «que no se presentó un nuevo estudio de viabilidad económica-financiera tras introducirse modificaciones en el proyecto una vez que se había sometido a información pública». Una vez estudiada la sentencia se adoptará una decisión, indican al tiempo que recuerdan que «es recurrible» ante el TSJM.

El hub de movilidad del Bernabéu, remarca el Consistorio, prevé la construcción de dos nuevas plataformas multimodales en la zona para promover la movilidad sostenible, satisfacer la demanda de aparcamiento en la zona y mejorar la movilidad y su entorno.

En total, se crearán 1.846 plazas de aparcamiento, de las que casi un tercio (547) serán destinadas a residentes, vecinos y comerciantes con un abono mensual de 100 euros como precio máximo.

El Ayuntamiento fijará anualmente las tarifas máximas de las plazas rotacionales y estas infraestructuras «contribuirán a alcanzar el objetivo de habilitar 5.000 plazas de aparcamiento para la ciudad».

En concreto, en Padre Damián se prevé la construcción de un paso inferior que conecte directamente el Paseo de la Habana con la calle Padre Damián para incrementar, defiende el Gobierno municipal, «la fluidez del tráfico al evitar el paso por la plaza de los Sagrados Corazones en la que confluyen seis calles altamente semaforizada».

Según los estudios de Movilidad, detallan, el paso inferior absorberá el 25% del tráfico de superficie (unos 200 vehículos/hora que incluyen vehículos pesados). La plataforma también incluye una dársena con capacidad para doce autobuses que dejarían de circular por la superficie, recuerdan las mismas fuentes.

Más Madrid considera «demoledora» la sentencia

Por su parte, la portavoz de Más Madrid en Cibeles, Rita Maestre, ha subrayado en sus redes sociales que esta sentencia estimatoria del recurso de los vecinos afectados «coincide con lo que Más Madrid viene señalando» y asegura que «deja claro que todo el proyecto no cuenta con estudios de tráfico y movilidad suficientes y sin simulaciones para días en que se producen eventos masivos».

Para Maestre, la sentencia «es demoledora» porque «afirma que no queda acreditado interés público alguno». «Pelotazo en toda regla», ha abundado la portavoz, quien alude también al «varapalo» que, a su juicio, recibe el proyecto en términos ambientales, pues «la magistrada habla de perjuicio por la supresión de arbolado y zonas verdes y por la saturación del tráfico y aumento de la contaminación atmosférica y acústica».

Por último, la edil de Más Madrid ha felicitado a los vecinos afectados «por su lucha» y «por esta acción judicial exitosa» y ha reclamado al alcalde de la capital, José Luis Martínez-Almeida, que paralice de forma «inmediata» de las talas y las obras previstas y «cumpla con lo dictado por la Justicia sin recurrir».

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