Un juez ordena la retirada de las pancartas propalestinas del edificio de grupos de Madrid en las que se aluda a 'genocidio'
Esgrime el juez que la utilización del término 'genocidio' en las pancartas «implica una calificación jurídico-penal del conflicto palestino-israelí»
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Iniciar sesiónEl Juzgado de lo Contencioso-Administrativo 18 de Madrid ha ordenado la retirada provisional de las pancartas en apoyo al pueblo palestino desplegadas por Más Madrid en el edificio de grupos de la calle Mayor de la capital que aludan al presunto 'genocidio'. Sí ... permite, sin embargo, las que recojan la expresión 'Palestina Libre'.
Así consta en una resolución dictada el viernes, a la que tuvo acceso Europa Press y contra la que cabe recurso, en la que el magistrado José María Abad Liceras levanta de forma parcial la suspensión acordada por este juzgado ante la medida cautelarísima promovida por el Grupo Municipal Más Madrid.
Las cautelares se plantearon contra la resolución del presidente del Pleno del Ayuntamiento de Madrid, Borja Fanjul, del pasado 9 de octubre, que ordenó retirar las pancartas propalestinas colocadas en el edificio municipal situado en la calle Mayor, número 71.
De este modo, se acuerda acordar la retirada provisional de la pancarta que lleva el texto 'Sí, es un genocidio', así como el texto de la segunda pancarta que afirma: 'Stop al genocidio en Gaza'. Por el contrario, mantiene el resto de la misma que recoge la expresión 'Palestina libre', mientras no se dicte sentencia firme que ponga fin al proceso.
Esgrime el juez que la utilización del término 'genocidio' en las pancartas representa «la expresión de un pensamiento respetable, pero que implica una calificación jurídico-penal del conflicto palestino-israelí (tal y como señala la resolución municipal impugnada), sobre el que no existe unanimidad en la sociedad y puede originar discrepancias, desavenencias o una crispación social no deseable».
Según la resolución, estas medidas se mantendrán hasta que se dicte sentencia firme que ponga fin al proceso, o hasta «que éste finalice por cualesquiera otra de las causas previstas en la Ley 29/1998 y sin perjuicio de su modificación o revocación, si cambiaran las circunstancias tenidas en cuenta en esta resolución».
El juzgado convocó la semana pasada a las partes, Más Madrid y Ayuntamiento, para formular las alegaciones que estimaran oportunas sobre la medida cautelarísima planteada.
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