Hacienda debe aclarar en diez días si miró para otro lado con la empresa del chalé de Ábalos
Have Got Time aparecía como la decimotercera morosa del Estado en 2023 por 64,4 millones de euros
Transparencia obliga a la Agencia Tributaria a desvelar si actuó para recuperar la deuda y si hizo inspecciones
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Iniciar sesiónEl Consejo de Transparencia ha dado diez días, hasta el próximo 13 de junio, al Ministerio de Hacienda para que aclare si hizo inspecciones tributarias a la empresa Have Got Time -propietaria del chalé que habría arrendado el exministro José Luis Ábalos en el verano ... de 2021 en la urbanización de La Alcaidesa-, y si dio los pasos necesarios para recuperar los 64,4 millones que esta compañía debía al Estado en 2023. Si Hacienda quiere eludir el mandato del Consejo de Transparencia tendrá que imponer recurso contencioso-administrativo ante la Audiencia Nacional.
El juez del caso Ábalos investiga el citado alquiler al entender que pudo servir como dádiva para el socialista. Have Got Time acabó en concurso y estuvo gestionada por Leonor M. González Pano -ex pareja de Víctor de Aldama- pero bajo el control de Claudio Rivas, socio del comisionista, según la UCO. En la documentación concursal consta que esta empresa cerró dejando a deber 26,6 millones a Hacienda.
Sospecha de no actuación
La decisión del Consejo de Transparencia y Buen Gobierno (CTBG) se produce después de que Hacienda lleve desde septiembre del año pasado evitando responder a tres preguntas muy concretas respecto a esta compañía: si se personó en el procedimiento concursal de Have Got Time en defensa de los intereses públicos, cuánto dinero de la deuda ha recuperado y si realizó «alguna inspección tributaria» a la compañía en algún momento de su existencia.
El presidente del CTBG, José Luis Rodríguez Álvarez, firma la resolución dando amparo al abogado Guillermo Rocafort, que actúa como reclamante, y que sostiene que Hacienda no promovió declaración de concurso culpable para actuar contra el administrador de Have Got Time por el quebranto fiscal.
El respaldo del Consejo de Transparencia se produce porque la Agencia Tributaria no respondió al abogado en el plazo máximo legalmente establecido sin causa o razón que lo justificara. «Es obligado recordar a la Administración que la observancia del plazo máximo de contestación es un elemento esencial del contenido del derecho constitucional de acceso a la información pública», subraya Rodríguez Álvarez. «El propio legislador se encargó de subrayarlo en el preámbulo de la LTAIBG (Ley de Transparencia) al manifestar que con el objeto de facilitar el ejercicio del derecho de acceso a la información pública la Ley establece un procedimiento ágil, con un breve plazo de respuesta», añade en la resolución.
Al acudir al Consejo de Transparencia, Rocafort había argumentado que la información solicitada no podía tratarse como reservada entre otras cuestiones porque muchos datos tributarios de Have Got Time pueden consultarse en la web del registro de administradores concursales por el procedimiento judicial público abierto. Además, subrayó que la Agencia Tributaria «debería haber instado el concurso necesario como acreedora según el artículo 2, 4, 5º de la Ley Concursal».
Sin argumentos
Hacienda, por su parte, argumentó que la información que solicita Rocafort queda excluida de la Ley de Transparencia invocando las cláusulas de reserva previstas en esa misma legislación y sentencias del Tribunal Supremo. Pero el Consejo de Transparencia desestima estos argumentos subrayando que esas limitaciones invocadas se aplican «a los datos que obtiene la Administración para la gestión y ejercicio de la actuación tributaria entendida en un sentido amplio» pero «no conllevan per se la inaplicación de la ley de Transparencia».
En esta línea, el presidente del Consejo de Transparencia recuerda a Hacienda que esas reservas no «pueden conllevar una prohibición del ejercicio de este derecho a los ciudadanos (...) a obtener cierta información que, aun concerniendo a aspectos tributarios, responde a un interés legítimo o público -que se refleja en la ley de Transparencia-».
Por todo ello, el Consejo de Transparencia concluye que «concurren las condiciones para que pueda accederse a información de la Administración Tributaria sobre determinados elementos con contenido tributario». Y, en concreto, que concurren los presupuestos de hecho precisamente delimitados por el Tribunal Supremo para el acceso de los ciudadanos a la información. Hacienda debe elegir ahora entre aclarar cuál fue su actuación frente a Have Got Time o llevar al Consejo de Transparencia ante la Audiencia Nacional para dilatar una estrategia ya claramente orientada a la opacidad.
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