El juez Peinado quiere saber si otras personas sin titulación como Begoña Gómez firman pliegos técnicos en la Complutense
El magistrado investiga a la mujer de Sánchez por intrusismo profesional, entre otros delitos
La Audiencia Provincial levanta la imputación del delegado de Gobierno en Madrid en el caso Begoña: se basa en «meras suposiciones»
Javier Lillo y Carmen Lucas-Torres
Madrid
El titular del Juzgado de Instrucción número 41 de Madrid, Juan Carlos Peinado, que investiga a Begoña Gómez, esposa del presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, sigue profundizando en si pudo cometer el delito de intrusismo laboral al firmar unos pliegos técnicos para el ... desarrollo de la aplicación Transformación Social Competitiva (TSC) en el marco de la cátedra extraordinaria que codirigía en la Universidad Complutense de Madrid (UCM) a pesar de no contar con una licenciatura.
Por eso, ahora se ha dirigido a la Escuela de Gobierno de la UCM para solicitarle que le responda, a la mayor brevedad posible y vía informe, con una relación de personas que «careciendo de la titulación académica superior» han suscrito cualquier pliego de condiciones y prescripciones técnicas para la licitación de procesos de selección de contratistas en todo tipo de procesos para la adjudicación de contratos públicos.
Así consta en una providencia del 2 de diciembre acordada por el magistrado y que se incluye en el tomo 26 del sumario de la causa, al que ha tenido acceso ABC. Cabe recordar que Peinado investiga a Gómez por los delitos de tráfico de influencias, corrupción en los negocios, intrusismo laboral, apropiación indebida y malversación de caudales públicos. Sospecha que al firmar ella esos pliegos técnicos pudo favorecer a determinadas empresas para el desarrollo de la aplicación que se preparaba desde la UCM, institución pública a la que el instructor considera que la mujer de Sánchez accedió usando la influencia de la posición de su marido tras llegar éste a La Moncloa, en junio de 2018. Es el hilo conductor de la causa abierta contra ella por el juez madrileño: si utilizó la posición de Pedro Sánchez para progresar y ascender en el ámbito profesional.
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Coincide que esta decisión del magistrado de pedir ese informe a la UCM llega después de que el pasado 28 de noviembre la interventora de ese centro universitario, María Elvira Gutiérrez-Vierna, en su declaración testifical (solicitada por la defensa de Begoña Gómez) descartase que la esposa de Sánchez hubiera actuado de forma irregular al firmar esos pliegos de contratación.
Asociación Española de Abogados del Estado
Por otro lado, en otra resolución del juez del 3 de diciembre, a cuyo contenido ha tenido también acceso ABC, Peinado rechaza la pretensión tanto de la Fiscalía como de la defensa de la esposa del presidente de que no se pidiera informe a la Asociación Española de Abogados del Estado sobre si hacía falta cualificación para la firma de esos pliegos técnicos. El magistrado señala que las alegaciones del recurso del Ministerio Público «no desvirtúan la legalidad» de su decisión.
Fue el pasado noviembre cuando el fiscal del caso, José Manuel San Baldomero, indicó que era «improcedente» e «impropio» solicitar un dictamen jurídico a esa asociación de funcionarios, y ponía el foco en que sorprendía que el juez se dirigiera a ella no por la profesionalidad de sus miembros sino por el carácter de la asociación. Explicaba que fue creada para defender los intereses de los abogados del Estado y no ve adecuado solicitarles un informe jurídico «en unos términos absolutamente genéricos».
«Por tercera vez en un mes y medio se acuerdan diligencias que suponen una infracción del principio acusatorio de la Ley Orgánica del Tribunal del Jurado», se quejó el fiscal
«Por tercera vez en un mes y medio se acuerdan diligencias que suponen una infracción del principio acusatorio de la Ley Orgánica del Tribunal del Jurado», se quejaba el fiscal en su escrito. «Y ahondando en la propia diligencia acordada, más allá de la extrañeza que produce a estas alturas solicitar por un magistrado un dictamen jurídico, choca también el destinatario, la Asociación Española de Abogados del Estado. Y no choca por la idoneidad de sus miembros, profesionales altamente capacitados, sino por el carácter de la asociación profesional de funcionarios públicos», se puede leer en el informe del fiscal.
Por su parte, la defensa de Gómez, que se adhirió al recurso del fiscal, indicó que aunque el juez puede ordenar las periciales que considere necesarias, ese perito no puede sustituir con su valoración la interpretación jurídica de la norma que debe realizar un órgano judicial. «La interpretación de derecho corresponde exclusivamente al juez», indica.
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