El TJUE da la razón a la Xunta en la tramitación de parques eólicos: no hay que dar acceso público a los informes sectoriales
El Gobierno autonómico confía en que la resolución abra la puerta a acabar con el «bloqueo judicial sistemático» de los proyectos por parte del TSXG
J. Hierro
Santiago
La Xunta tenía razón. Someter a un proceso de consulta pública todos los informes sectoriales generados durante la tramitación de los proyectos de parques eólicos no era indispensable. Así lo concluye el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) en una resolución que, aunque ... no de manera automática, podría abrir la puerta al desbloqueo de una parte de los complejos eólicos que mantiene paralizados el Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG).
Precisamente, la resolución del TSJUE, leída este viernes en Luxemburgo, responde a una consulta del Tribunal Superior gallego, de carácter prejudicial, sobre una cuestión muy técnica: que la instancia europea determinase si la Xunta debió de poner a disposición del público interesado –y no solamente de los promotores– los informes sectoriales sobre parques eólicos para que quien quisiera pudiera, en su caso, formular alegaciones y participar en el proceso de toma de posesión sobre las autorizaciones de los proyectos antes de ser aprobados. Estos informes sectoriales contienen variada información sobre materia forestal, de aguas, patrimonio natural y cultural, así como sobre salud, energía eléctrica o seguridad aérea, por poner unos pocos ejemplos.
En síntesis, lo que concluye el tribunal europeo en su sentencia es que, aunque la participación del público en los procedimientos debe ser efectiva, y producirse en las fases tempranas de la tramitación de los proyectos eólicos, la directiva europea no obliga a hacerlo también después, volviendo a permitir así presentar otra vez alegaciones.
La directiva europea, en definitiva, obliga a que se garantice el acceso a la información esencial, y, más concretamente, establece un plazo de al menos 30 días para que el público interesado pueda presentar observaciones. Pero, a la par, da también cierto margen a los Estados miembros para que establezcan las modalidades de consulta que consideren más adecuadas.
En definitiva, si un informe de impacto ambiental elaborado por el promotor del proyecto conforme a la directiva europea contiene información suficiente, y está a disposición del público durante al menos 30 días, puede considerarse que se ha respetado el derecho de participación. Es más. El TJUE señala que imponer la obligación adicional de someter todos los informes sectoriales a observaciones públicas posteriores podría generar cargas desproporcionadas para las administraciones de los Estados miembros. Y eso, ratifica la resolución, iría en contra del principio de eficiencia.
Esta resolución de la Justicia de Europa ha sido muy bien recibida en San Cateano. Carmen Bouso, secretaria general técnica de la Consellería de Medio Ambiente e Cambio Climático, que ha asistido a la lectura pública de la sentencia en Luxemburgo, destacó que el auto confirma que la Xunta tramitó de forma correcta las declaraciones de impacto ambiental de parques eólicos que el Tribunal Superior de Xustiza de Galicia acabó paralizando.
Actualmente, según los datos recopilados y facilitados por la Consellería de Medio Ambiente en un comunicado, en Galicia hay un total de 92 parques eólicos afectados por algún recurso en curso, de los que 86 ya están actualmente suspendidos: 70 de ellos, paralizados por prejudicialidad casacional, y los otros 16 por diversas causas.
Diversas interpretaciones
Desde la Xunta, confían en que esta resolución suponga un primer paso para acabar con «el bloqueo judicial sistemático» de los proyectos de parques eólicos por parte del Tribunal Superior gallego. La Asociación Eólica de Galicia, por su parte, aplaude como «un antes y un después» el fallo del TJUE que da la razón a la Xunta en la tramitación de proyectos, aunque teme que «no resuelve» la situación «de forma inmediata» para el total de los 86 parques paralizados en la Comunidad gallega.
Con otro prisma miran la resolución del tribunal europeo desde la oposición en Galicia y también desde diversas entidades ecologistas. La portavoz socialista de Enerxía del Parlamento gallego, Patricia Iglesias, recuerda que la sentencia «no desbloquea los parques paralizados por razones medioambientales», de lo que responsabiliza a la Xunta, que «lleva 16 años tramitando con un plan de 1997».
La decisión del TSJUE, insistió, no desbloqueará directamente los parques eólicos suspendidos por el TSXG por motivos medioambientales después de la decisión de la Xunta de seguir una normativa «obsoleta» para su tramitación, que no se adaptó a las directivas comunitarias de hábitats ni a la ampliación de la Red Natura. Y añadió, según Ep, que la Xunta lleva años «dando bandazos sin hacer los deberes y hundiendo al sector en una inseguridad jurídica sin precedentes».
La Asociación para a Defensa Ecolóxica de Galiza (Adega), por su parte, también insiste en que el fallo «no repercutirá en la mayoría» de las paralizaciones cautelares de parques eólicos en Galicia. Augura que no se van a «revertir» decenas de suspensiones cautelares, puesto que «se sustentaron judicialmente en las deficiencias de las evaluaciones ambientales practicadas», «asunto sobre el que no fue consultado el TJUE ni se pronunció, y que centrará finalmente la razón de las futuras sentencias».
Por ello, lanza un mensaje de tranquilidad a los colectivos que consiguieron paralizaciones cautelares de proyectos eólicos en el TSXG «en base a otros motivos jurídicos», más allá de las «deficiencias en la tramitación de la exposición pública», «como los relativos a las deficiencias en la evaluación ambiental o a los posibles casos de fragmentación fraudulenta de proyectos».
De una manera u otra, el presidente de la Xunta, Alfonso Rueda, considera que, en todo caso, que la resolución del TSJUE «abre un nuevo horizonte de proyectos industriales en Galicia».
Límite de sesiones alcanzadas
- El acceso al contenido Premium está abierto por cortesía del establecimiento donde te encuentras, pero ahora mismo hay demasiados usuarios conectados a la vez. Por favor, inténtalo pasados unos minutos.
Has superado el límite de sesiones
- Sólo puedes tener tres sesiones iniciadas a la vez. Hemos cerrado la sesión más antigua para que sigas navegando sin límites en el resto.
Esta funcionalidad es sólo para suscriptores
Suscribete
Esta funcionalidad es sólo para registrados
Iniciar sesiónEsta funcionalidad es sólo para suscriptores
Suscribete