La juez de la dana requiere a À Punt las grabaciones del Cecopi en un plazo de tres días
La instructora de Catarroja también pide a Emergencias que aporte todas las imágenes y audios de la que disponga de la reunión del 29 de octubre
La comisión sobre la dana en las Cortes Valencianas se reanudará con técnicos y sin fechas para víctimas o políticos
Valencia
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Iniciar sesiónLa juez instructora del Tribunal de Instancia de Catarroja (plaza número 3), que investiga la causa de la gestión de la dana del 29 de octubre, ha emitido dos nuevos autos en los que acuerda requerir a À Punt y a Emergencias para que ... aporten las grabaciones de imagen y sonido de la reunión del Cecopi del 29 de octubre de 2024 de las que dispongan.
La magistrada Nuria Ruiz Tobarra ha ordenado así a la televisión pública valenciana a entregar todas las grabaciones, tanto de imagen como de sonido, de la reunión del Centro de Coordinación Operativa Integrada, celebrada el 29 de octubre, en el marco de la investigación por la tragedia de la riada que costó la vida a 229 personas.
La resolución judicial, hecha pública este viernes, exige a la cadena autonómica que en un plazo máximo de tres días ponga a disposición del juzgado todo el material audiovisual relacionado con dicha reunión. Un auto que, según explica, responde a la negativa inicial de À Punt de entregar el audio de las grabaciones alegando el secreto profesional periodístico y la falta de autorización para registrar sonido durante la cobertura informativa.
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Algo que alegó la Corporación Audiovisual de la Comunidad Valenciana en un escrito remitido a la juez el pasado miércoles, en el que se ponía a disposición las imágenes en el momento que fuera requerido por el juzgado. Respecto a la grabación del Cecopi, explicaba que correspondía a 'mudos' (bruto de cámara que registra imagen para ilustrar piezas informativas, sin que exista autorización para registrar sonido) de las que se dispone del sonido ambiente registrado, el cual no puede ofrecerse voluntariamente por cuanto no se disponía de autorización para su registro, «circunstancia que fue expresamente advenida por el personal de la Generalitat», y su difusión voluntaria podría suponer, tal y como se indicó por este Juzgado en el auto emitido el 8 de septiembre de 2025 una vulneración del «secreto profesional de los medios reconocido constitucional y jurisprudencialmente».
Al respecto de las alegaciones en las que se fundamenta la decisión de À Punt de no difundir las grabaciones y que por tanto no hayan sido aportadas al procedimiento, la magistrada expone que antes del secreto profesional, se ha de «ponderar» el carácter de medio público de la cadena, así como la existencia de un procedimiento penal, los intereses en conflicto y el contenido de las imágenes. «En la ponderación entre mantener oculto el audio y la cooperación en la investigación de un procedimiento penal, debe prevalecer la entrega de las grabaciones completas, especialmente siendo un medio público», señala la jueza en su auto.
El material audiovisual adquiere especial relevancia porque podría arrojar luz sobre el momento en que se emitió el Es-Alert, el contenido de las decisiones adoptadas y la posible participación de otras personas no investigadas formalmente. Según la magistrada, las grabaciones difundidas previamente por RTVE «contradicen declaraciones judiciales», lo que «refuerza la importancia de acceder al audio original». Además, el auto aclara que la reunión del CECOPI no era estrictamente privada: participaron técnicos y otros asistentes conectados telemáticamente, por lo que no puede considerarse una sesión a puerta cerrada.
También se las pide a la Generalitat
En paralelo, en un segundo auto, la magistrada requiere también en tres días todos los recursos periodísticos de los que disponga la Conselleria de Emergencias sobre la cobertura de la dana del 29 de octubre, especialmente de la reunión del Cecopi, que voluntariamente y de forma pública ofreció aportar al juzgado el conseller del ramo Juan Carlos Valderrama.
«Se ha partir de igual modo de la gravedad de los hechos objeto de la presente instrucción: la pérdida de 229 vidas humanas (una de ellas dependiente) y los lesionados, y que dichas grabaciones constarían presuntamente en poder de un ente público, con la consiguiente obligación del mismo de colaboración en la investigación de un procedimiento penal», señala la instructora. Por ello, insiste en la relevancia de las imágenes y del sonido, dado que es objeto de investigación el momento de remisión del Es-Alert, su contenido, el proceso de decisión y la posible participación de otras personas que no ostentan la condición de investigados.
«La grabación de la RTVE muestra que se daban instrucciones en presencia de periodistas, por lo que ninguna confidencialidad se otorgó al proceso de decisión por parte de los integrantes, habiendo asistido incluso al CECOPI, o estando conectadas telemáticamente, personas que afirman y que han afirmado no ser miembros del CECOPI y, a pesar de ello, haber asistido, de forma presencial o telemática, como el presidente de la Diputación Provincial de Valencia y la Vicepresidenta primera del Consell», apunta.
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