La juez de la dana descarta incluir las entrevistas a Mazón en la causa y califica su relato «exculpatorio» de «autoficción»
La magistrada insiste en que no puede investigar la actuación del presidente de la Generalitat Valenciana por su condición de aforado y recalca que su ofrecimiento de que declare voluntariamente es «una garantía» y no «una carga»
Mazón critica a Aemet por no lanzar el aviso rojo por lluvias con «anticipación», sino por «observación»
Valencia
Esta funcionalidad es sólo para registrados
Iniciar sesión«Las afirmaciones que fuera del proceso se viertan por cualquier medio o persona, sobre la falta de información de cauces y barrancos, sobre la causa del envío del sistema ES-Alert a las 20:11 horas relacionándola solo con la presa de Forata, la ... ausencia de alerta hidrológica por la tarde en el barranco del Poyo, se han de situar en la mera ficción o en la autoficción, según de quien provengan, y han de rebatirse en su caso en el seno del procedimiento, en el supuesto de que se pretenda hacerlas valer como tesis exculpatorias o incriminatorias».
Así se pronuncia la juez que instruye la causa penal sobre la catastrófica dana del 29 de octubre en uno de los cuatro autos dictados este lunes, en el que rechaza incorporar al procedimiento las entrevistas que el presidente de la Generalitat Valenciana, Carlos Mazón, dio a tres medios de comunicación con motivo del día de la Comunidad Valenciana, las primeras desde la barrancada. Entrevistas en las que defendía, precisamente, los puntos la magistrada detalla en su resolución.
La instructora señala que las declaraciones de Mazón refieren una versión «exculpatoria» para el Gobierno autonómico sobre lo ocurrido durante aquella trágica jornada, que se saldó con 229 muertos en la provincia de Valencia. Un relato basado «en una supuesta ausencia de información proporcionada» por la Agencia Estatal de Meteorología (Aemet) y la Confederación Hidrográfica del Júcar (CHJ).
Manifestaciones que no constituyen prueba alguna ni poseen relevancia para la causa, pues esto «ha sido reiterado en diversos momentos y lugares, con algunos matices, no solo por parte del presidente de la Generalitat, sino por diversos cargos políticos, los propios investigados, desde prácticamente los días siguientes al 29 de octubre».
No obstante, pone el foco en otra vertiente de esas entrevistas. El barón del PP aseveró que ni dio ordenes ni tomó decisiones aquel día sobre la emergencia -que dirigía la exconsellera investigada Salomé Pradas y no él- ni sobre el ES-Alert. «La incorporación de dichas declaraciones», apunta, «se habría de producir si se hiciera uso por el presidente de la Generalitat de la facultad de declarar como investigado».
«Lo contrario sería sortear dicha facultad, que es también una garantía, no solo una carga, que se ha ofrecido previamente», advierte, sobre las invitaciones que le ha realizado al aforado para comparecer en sede judicial. En definitiva, «no se puede sustituir una declaración de investigado, que conlleva la oportuna asistencia letrada con los derechos a no declarar contra sí mismo y no confesarse culpable, entre otros, por entrevistas, lo que conculcaría sus derechos» y «tampoco puede servir como una suerte de declaración testifical».
Incide en este punto en que esa declaración de Mazón como testigo «no fue acordada precisamente por la ausencia de garantías para el declarante, en tanto que estaría obligado a decir verdad y sin asistencia letrada».
El «nivel de conocimiento» de la Generalitat sobre el Poyo
En otra de las resoluciones, la magistrada se dirige a RTVE para que le entregue, en tres días, una copia del vídeo grabado el día de la dana a mediodía durante una reunión en el Palau de la Generalitat, que la cadena pública emitió el 9 de octubre.
En esa pieza de veinticinco segundos, Carlos Mazón «informa a varias personas de que se ha decretado una alerta hidrológica, en presencia de dos de sus conselleras». Se habla, en concreto de la activada minutos antes en el río Magro. Otra persona añade que también hay otra en la rambla del Poyo.
Un vídeo que, según la juez, «permite determinar el nivel de conocimiento que la Administración autonómica, con competencias en el control de la emergencia, y en el seguimiento de los barrancos, tenía de la referida alerta hidrológica, tanto en el río Magro, como en el barranco del Poyo».
Además, también ha acordado requerir a la Conselleria de Emergencias una copia de los documentos que acrediten las actuaciones preventivas y de preparación informadas en el Consell ante la alerta roja decretada por la Aemet el 29 de octubre.
Del mismo modo, pide a este departamento que identifique a los dos técnicos que aparecen en otros vídeos incorporados recientemente a la causa en los que aparecen dando explicaciones a los dos investigados, Pradas y su entonces 'número dos' Emilio Argüeso. En paralelo, la magistrada ha acordado citar como testigo del jefe de explotación de la plataforma operativa del 112.
Límite de sesiones alcanzadas
- El acceso al contenido Premium está abierto por cortesía del establecimiento donde te encuentras, pero ahora mismo hay demasiados usuarios conectados a la vez. Por favor, inténtalo pasados unos minutos.
Has superado el límite de sesiones
- Sólo puedes tener tres sesiones iniciadas a la vez. Hemos cerrado la sesión más antigua para que sigas navegando sin límites en el resto.
Esta funcionalidad es sólo para suscriptores
Suscribete
Esta funcionalidad es sólo para registrados
Iniciar sesiónEsta funcionalidad es sólo para suscriptores
Suscribete