El CGPJ tiene un año para decidir si sanciona a Peinado antes de su jubilación
Antes de abrirle expediente debe valorar si existen indicios suficientes
El Gobierno pasa a la ofensiva contra el juez del caso Begoña
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Iniciar sesiónLas diligencias informativas abiertas por el Promotor de la Acción Disciplinaria, Ricardo Conde, contra el juez instructor Juan Carlos Peinado tras las dos denuncias presentadas ante el Consejo General de Poder Judicial (CGPJ) por el ministro Félix Bolaños es sólo un ... primer paso que se adopta desde este órgano tras valorar las quejas recibidas.
Según el artículo 423 de la Ley Orgánica del Poder Judicial (LOPJ), una vez que se recibe una queja se impulsa de oficio el procedimiento disciplinario, y en el plazo de un mes debe acordarse bien el archivo de plano, bien la apertura de diligencias informativas, bien la incoación directa de expediente disciplinario.
Así, en este momento la investigación contra Peinado está en la fase en la que el Promotor Disciplinario del órgano de gobierno de los jueces está recopilando información para determinar si efectivamente hay indicios suficientes para actuar contra él.
En todo caso, la norma que rige este tipo de actuaciones contra jueces y magistrados recoge que la duración del procedimiento sancionador no excederá de un año, por lo que antes del verano de 2026 el asunto podría quedar resuelto, alegaciones y recursos mediante.
El CGPJ abre una investigación disciplinaria contra el juez del caso Begoña tras una queja de Bolaños
Javier LilloEl propio magistrado daba cuenta de esas diligencias en su última resolución
Según el 425 de la LOPJ, una vez abierto el expediente, el instructor delegado practicará cuantas pruebas y actuaciones sean necesarias para la determinación y comprobación de los hechos, con intervención tanto de Fiscalía como del interesado, que podrá valerse de abogado desde el inicio del expediente. Y en su caso, llegado el momento podrá formular un pliego de cargos que incluya la falta presuntamente cometida y las sanciones que puedan ser de aplicación.
Cabe recordar que una de las faltas leves que recoge la ley y que puede encajar en este caso es «la desatención o desconsideración con (...) ciudadanos».
En todo caso, estas diligencias contra Peinado se suman a otras impulsadas en junio por Más Madrid contra el mismo juez a cuenta de haber, presuntamente, desatendido unos plazos procesales que provocaron el archivo de una instrucción.
El CGPJ acordó en enero de 2024 que Peinado pudiera seguir en su juzgado hasta septiembre de 2026, cuando cumple 72 años y debe jubilarse. Así, los plazos para dirimir estas diligencias informativas serán muy ajustados si se quieren resolver a tiempo y antes del retiro del juez del caso Begoña.
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