Los motivos por los que han sido absueltos los dieciséis acusados de la muerte de seis mineros de La Hullera Vasco Leonesa
La sentencia de la Audiencia de León argumenta que el aporte letal de grisú fue «imprevisible» y que «no se incumplió ninguna norma»
Absueltos los dieciséis acusados por la muerte de seis mineros de La Hullera Vasco Leonesa
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Iniciar sesiónMás de doce años después de los trágicos hechos que acabaron con la vida de seis mineros en el Pozo Emilio del Valle, en el término municipal de La Pola de Gordón (León), aquel fatídico 28 de octubre de 2013, y dos y ... medio tras quedar visto para sentencia el juicio que sentó en el banquillo de los acusados a dieciséis personas -entre empresarios, ingenieros, técnicos y vigilantes de seguridad-, la sentencia dictada por la Audiencia Provincial de León y dada a conocer este jueves desvela los motivos por los que han sido absueltos todos los encausados como presuntos autores de seis delitos de homicidio imprudente y otros ocho de lesiones graves.
Y en el prolijo fallo, de casi 300 páginas, la jueza sostiene, entre otros argumentos, que «no» se vulneraron normas de seguridad y que el escape letal de grisú fue «imprevisible». «En refiere a las causas de este accidente y, circunscribiéndolo al lugar en el que se produjo, no se ha acreditado el incumplimiento por parte de la empresa ni, en particular, de ninguno de los acusados en sus respectivas funciones, de las normas aplicables en materia de seguridad y salud laboral», apunta en los hechos probados.
El accidente, que sorprendió a los mineros a eso de las 13.24 horas de ese día, se produjo en el taller subterráneo de explotación ubicado en la planta séptima del aña este de la mina propiedad de la empresa Hullera Vasco Leonesa en la zona de Santa Lucía de Gordón, cerca de Llombera. Ocurrió cuando «se produjo una emisión brusca y masiva» de metano que rebasó el cinco por ciento de grisú y «redujo» los niveles de oxígeno al uno por ciento, «de manera inmediata provocando el fallecimiento de los seis trabajadores que en ese momento se encontraban realizando labores en el taller así como lesiones a otros trabajadores que acudieron en auxilio de los primeros».
La causa, apunta la sentencia dada a conocer por el Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León, fue «la súbita y prolongada emisión de metano ocurrida», lo que ocasionó el fallecimiento de los seis mineros por «la inmediata ausencia de oxígeno, al haber sido este desplazado por el metano». Una invasión que «sorprendió» a los seis trabajadores que estaban en el taller «sin que hubieran podido hacer uso del autorrescatador que portaban».
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Según señala el fallo judicial, «la causa más probable» del accidente fue «la producción de un fenómeno gaseo dinámico con expulsión de gas y, probablemente también de carbón. Y, añade como sostén al fallo absolutorio, en las visitas posteriores realizadas al lugar «se pudo constatar que no existían signos de sobrepresiones que indicasen el desprendimiento de cantidades de carbón suficientes como para para provocar un desplazamiento de metano como el producido sino que, al contrario, se comprobó que el carbón del postaller estaba suelto, la malla de sujeción intacta, sin roturas ni deformaciones, la entibación sin desplazamiento que hiciera pensar en presiones en el postaller y la parte del sutiraje abierta estaba intacta, como antes de producirse el accidente».
Unos hechos que costaron la vida a José Antonio Blanco, Juan Carlos Pérez, Roberto Álvarez, Orlando González, José Luis Arias y Manuel Moure, cuyos familiares recibían con enfado la sentencia absolutoria.
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