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SENTENCIA DEL CRIMEN DE ISABEL CARRASCO

Las acusaciones piden el ingreso inmediato de Gago en la cárcel si no paga una fianza «real»

Consideran que una vivienda hipotecada no puede actuar como aval de los 30.000 euros exigidos por el juez

Raquel Gago, durante el juicio por el asesinato de Isabel Carrasco POOL

R. ÁLVAREZ

La Audiencia Provincial de León acordó el pasado 26 de febrero mantener en situación de libertad provisional a Raquel Gago con una condición: el abono de 30.000 euros en concepto de fianza en el plazo de ocho días. «De no hacerlo, se decretará su ... ingreso en prisión», rezaba el auto firmado por tres magistrados. Apoyadas en este precepto, las acusaciones particulares reclaman que la condenada por el crimen de Isabel Carrasco vuelva «de inmediato» a la cárcel o, en su defecto, preste una fianza o aval «real» , ya que el aportado hasta el momento, aseguran, es «ficticio o ilusorio», o «simplemente no existe». Como única garantía de pago, Raquel Gago ha presentado un certificado de una entidad bancaria en el que se detalla el importe concedido sobre un inmueble en concepto de préstamo hipotecario y el saldo vivo del mismo. Algo que, según dicen, no debe ser admitido en ningún caso por no asegurar la cantidad indicada de fianza.

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