TRIBUNALES
La mujer acusada de matar a su bebé recién nacido en Albacete es sentenciada a 20 años de cárcel
Se ha sabido que la condenada ya había tenido otros tres embarazos, ninguno de los cuales llegó a término, uno interrumpido de forma natural y los otros dos al someterse a abortos voluntarios
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Iniciar sesiónLa mujer de Albacete acusada de matar a su bebé al que intentó abortar y que, tras alumbrar, embolsó y ocultó en una caja de cartón en el almacén del bar donde trabajaba, tendrá que cumplir una pena 20 años y un día en ... prisión, además de inhabilitación absoluta durante el tiempo de la condena y costas procesales. Esto es lo que recoge la sentencia emitida este viernes por la Audiencia Provincial de Albacete, a la que ha tenido acceso ABC, que condena a M.M.C. como autora, criminalmente responsable, de un delito de asesinato, concurriendo la circunstancia modificativa de la responsabilidad criminal agravante de parentesco.
La condenada ya había tenido otros tres embarazos, ninguno de los cuales llegó a término, uno interrumpido de forma natural y los otros dos al someterse a abortos voluntarios, uno con fármacos y otro quirúrgico. De este modo, según se cuenta en la sentencia, M.M.C., a la edad de 28 años, en el mes de marzo de 2020, «debido a la vida desordenada a la que la droga la ha abocado», presentaba síntomas compatibles con el embarazo. Esta situación, le produjo angustia debido a que no había sido una gestación planeada y debido al ritmo de vida y precariedad económica, no pudiendo acceder al procedimiento de aborto llevado a cabo bajo seguimiento médico debido al decreto del Estado de Alarma que obliga al confinamiento de la población, por lo decidió acabar con la vida de su bebé recién nacido.
Tras pedir ayuda económica para intentar abortar, ingirió una sustancia abortiva que tampoco culminó su propósito, por lo que se vio obligada a continuar con el embarazo, ocultándolo a todo el mundo y sin realizarse ningún control médico. El momento del parto le sorprendió en el ejercicio de su trabajo. Fue en ese momento en el que se ocultó en un almacén contiguo al establecimiento, donde alumbró al recién nacido.
Acto seguido, cortó, desgarrándolo, el cordón umbilical que la unía a su hijo, expulsando también la placenta, y, actuando con la intención de ocultar el nacimiento y acabar con la vida del recién nacido, lo introdujo, cuando todavía estaba vivo, en una bolsa de basura negra a la que le extrajo el aire y cerro mediante un nudo, bolsa que a su vez introdujo en otra de color azul claro, junto con la placenta. Después metió todo ello en una caja de cartón, que dejó en el citado almacén junto con otras cajas que allí había con productos de bar y con bolsas de basura.
La sentencia reza que la intención y finalidad que tenía al no anudar el cordón umbilical para evitar que se desangrara el recién nacido y al introducirlo en una bolsa de basura era la de darle muerte, sin que nadie más que ella manipulara al feto antes de meterlo en la bolsa. Asustada por la sangre abundante que emanaba de su vagina, y llegando a temer por su vida, avisó a un amigo que se encontraba en el bar para que llamara a los servicios de emergencia.
Una vez en el Hospital General de Albacete, fue examinada por la ginecóloga de guardia en los servicios de urgencias quien, pese a las excusas de diversa índole que le ofreció, negando haber expulsado nada que no fuera sangre, y su persistente negativa a haber dado a luz, la médico advirtió que presentaba síntomas compatibles, evidentes e inequívocos, de un parto, de tal forma que dio aviso a la médico forense y a la Policía Nacional.
Declaran culpable de asesinato a la madre acusada de matar a su bebé en Albacete
M. C.La Fiscalía insiste en pedir prisión permanente revisable para la acusada, que intentó abortar y que, tras parir, lo embolsó y ocultó en una caja de cartón en el almacén del bar donde trabajaba
Personados agentes de policía en el hospital para averiguar los hechos y localizar al recién nacido, la acusada se negó a colaborar facilitando distintos domicilios porque la policía sospechaba que el alumbramiento había ocurrido en su casa, actuando a sabiendas de que el tiempo era crucial para encontrar el bebé con vida.
Pese a su negativa, como la procesada había sido recogida por una ambulancia en el bar, los agentes de policía localizaron a los dueños, quienes prestaron su autorización para que los agentes practicaran el registro en el almacén.
El cuerpo sin vida del feto fue hallado en el lugar donde ella lo había dejado, oculto en dos bolsas introducidas en una caja, siendo ella la única que conocía donde estaba escondido el bebé.
En sus fundamentos de derecho, entiende la sentencia que en el presente caso, no hay duda que se trata de un supuesto de alevosía por desvalimiento de la víctima, caracterizada porque la especial situación en la que esta se encuentra, muy disminuida en sus posibilidades de defensa.
En la sentencia se explica que no se trata en el supuesto del tipo agravado de homicidio «porque no es solo un menor de 16 años al que se le ha dado muerte pero con posibilidades de defensa», sino que la muerte de un recién nacido es 'per se' «alevosa, como ha venido entendiendo la jurisprudencia».
Partiendo de este hecho, esto es, que concurre alevosía por desvalimiento, y sin que concurra ninguna otra circunstancia determinante de otra modalidad de alevosía que no sea la indefensión del menor por su edad, ni ninguna otra circunstancia que cualifique al asesinato, a juicio de la magistrada firmante se ha de considerar la alevosía.
Contra la presente resolución de la Audiencia Provincial de Albacete cabe interponer recurso de apelación ante la Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia, en el plazo de diez días, a contar desde la última notificación.
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