Cuánto cobran los funcionarios en Andalucía
El salario surge principalmente del sueldo base, los trienios, las pagas extra y los complementos de destino
Oposiciones para Auxiliar Administrativo de la Junta de Andalucía: cómo apuntarse, plazos y cómo será la prueba
Cinco consejos para aprobar unas oposiciones

A comienzos de semana trascendía la intención expresa de la Junta de Andalucía de incentivar el trabajo y la productividad de sus funcionarios mediante un sistema de ascenso y, sobre todo, con más sueldo.
La medida, que se enmarca en un plan estratégico de recursos humanos de la Administración General tiene además como objetivo último servir de llamada de atención a aquellos trabajadores con menos implicación y resultados.
Sin embargo, la noticia no hace sino amplificar el efecto llamada a la población general, que entiende más que nunca que hacer carrera dentro de la Administración Pública es una opción de vida que merece tener en cuenta ya no sólo en términos de estabilidad, sino también de holgura económica.
Con independencia de los cambios que ahora introduce la nueva Ley de Función Pública andaluza, el sueldo de los funcionarios ya era de por sí un ejemplo de que la dedicación-responsabilidad y el número de años que se lleva formando parte del grueso de trabajadores públicos es sinónimo de una mayor cuantía.
¿Cuánto cobra un funcionario?
Discernir el sueldo de un funcionario no es un ejercicio que se pueda realizar de un plumazo, es más, existen complementos específicos que no se van a valorar en esta explicación al no ser una generalidad, como pueden ser las 110 horas de especial dedicación.
Para empezar a orientarse en cantidades hay que tener en cuenta que se dibujan varios grupos los cuales llevan aparejado un sueldo base.
Retribuciones mensuales base
-
A1: 1.288,31 euros
-
A2: 1.113,98 euros
-
C1: 836,41 euros
-
C2: 696,13 euros
-
E: 637,14 euros
Por otra parte, se debe considerar el concepto de trienios, que reflejan el número de conjuntos de tres años que el trabajador lleva formando parte del funcionariado, y que añade un complemento al sueldo base que de nuevo varía según el grupo.
Trienios en el sueldo mensual
-
A1: 49,59 euros
-
A2: 40,44 euros
-
C1: 30,61 euros
-
C2: 20,84 euros
-
E: 15,68 euros
Asimismo, los funcionarios tienen derecho a dos pagas extra al año. Éstas tienen una cuantía base a la que aplicar el mismo número de trienios y el complemento de destino (se detalla más adelante).
Paga extra (dos al año)
-
A1: 795,00 euros de base + 30,61 por trienio + Complemento de Destino
-
A2: 812,45 euros de base + 29,48 por trienio + Compl. D
-
C1: 722,91 euros de base + 26,42 por trienio + Compl. D
-
C2: 689,78 euros de base + 20,62 por trienio + Compl. D
-
E: 637,14 euros de base + 15,68 por trienio + Compl. D
El sueldo se termina de perfilar al añadir el complemento de destino, que no es otro que el reflejo de la categoría o nivel que tiene el trabajador dentro de cada Cuerpo o Escala.
Están institucionalizados un total de 30, si bien estos están limitados por los grupos en los que se haya logrado la plaza (Grupo E: nivel mínimo 10; Grupo C2: nivel mínimo 12; Grupo C1: nivel mínimo 14; Grupo A2: nivel mínimo 18; Grupo A1: nivel mínimo 22).
Complemento de Destino
-
Nivel 12: 302,14 euros
-
Nivel 13: 328,24 euros
-
Nivel 14: 354,35 euros
-
Nivel 15: 380,39 euros
-
Nivel 16: 406,52 euros
-
Nivel 17: 432,54 euros
-
Nivel 18: 458,64 euros
-
Nivel 19: 484,72 euros
-
Nivel 20: 510,79 euros
-
Nivel 21: 549,88 euros
-
Nivel 22: 592,27 euros
-
Nivel 23: 634,75 euros
-
Nivel 24: 677,15 euros
-
Nivel 25: 719,60 euros
-
Nivel 26: 811,08 euros
-
Nivel 27: 924,48 euros
-
Nivel 28: 966,96 euros
-
Nivel 29: 1.009,38 euros
-
Nivel 30: 1.125,35 euros
En resumen, tomando el ejemplo de un funcionario de nivel E que haya alcanzado cuatro trienios de trayectoria con su complemento de destino más alto (14), el sueldo mensual será de 1.054,21 euros. Es el resultado del 637,14 euros del sueldo base + 62,72 euros de los trienios (15,68 x 4) + 354,35 de su complemento de destino (14). El mes en que toque paga extra añadirá otros 1.054,21 euros (637,14 + 62,72 + 354,35).
La misma simulación pero en el Grupo superior, el A1, deja un sueldo mensual de 2.612,02 euros, que resulta de los 1.288,31 euros del sueldo base + 198,36 (49,59 x 4) + 1.125,35 euros del complemento de destino más alto (30). El mes en que toque paga extra añadirá otros 2.042,79 euros (795,00 + 122,44 (30,61 x 4) + 1.125,35 euros).
A estas cantidades habría que efectuar la deducción de la cuota destinada a la mutualidad que tenga suscrita el funcionario según su sector laboral. Estas pueden ser de Derechos Pasivos [de 48,13 euros (E) a 118,04 euros (A1)], de la Mutualidad General de Funcionarios Civiles del Estado (Muface), el Instituto Social de las Fuerzas Armadas (Isfas) o la Mutualidad General Judicial (Mugeju). En estos tres últimos casos la cuota oscila entre los 21,07 (E) a los 51,68 (A1), salvo en el caso de Mugeju donde el Grupo inferior es el C2 (24,72 euros).
Como último apunte, quedan fuera de toda esta explicación por su condición más particular los sueldos del Personal laboral, los altos cargos y los funcionarios del Grupo J.
Esta funcionalidad es sólo para suscriptores
Suscribete
Esta funcionalidad es sólo para suscriptores
Suscribete