Un juzgado reconoce como accidente laboral el secuestro de un pescador en Mauritania
Retenido 45 días en un calabozo sin comer ni dormir por hechos que no cometió, sufrió alucinaciones y se le apareció su abuelo fallecido. El juez admite el trastorno traumático que le provocó
Inquietud en la familia del patrón pesquero de Huelva retenido en Mauritania, que permanece incomunicado
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Iniciar sesiónUn Juzgado de lo Social de Huelva ha reconocido que el trastorno adaptativo depresivo que sufre un patrón de barco onubense, retenido durante 45 días en Mauritania en 202 y acusado de un secuestro3, tiene origen laboral, y no común, como había sostenido el ... Instituto Social de la Marina (ISM).
En una sentencia firmada hace unos días por un juzgado de Huelva a la que ha tenido acceso ABC, el juzgado reconoce que la «traumática situación vivida» por el trabajador en el país africano fue el desencadenante del grave cuadro psiquiátrico que el actor padece y que le llevó, incluso, a estar internado en la unidad de Salud Mental de un Hospital de Huelva por más de un mes.
El hombre llegó el 14 de julio de 2023 llegó con el barco que capitaneaba a Nuadibú, el área económica y comercial más importante de Mauritania. El 15 de julio las autoridades mauritanas lo retuvieron en dicho puerto.
Lo acusaron de causar la muerte de 4 personas africanas y herir a otras dos por una colisión nocturna con un pequeño cayuco de 18 metros de eslora (pese a que en su barco no había resquicio alguno de dicho choque), omisión de socorro y obstrucción a la justicia.
A partir de entonces, según el trabajador, pasó 13 días en un calabozo lleno de insectos, en condiciones infrahumanas y donde la gendarmería mauritana no le daban ni de comer ni los medicamentos que necesitaba.
Fue un tiempo durante el cual, según explica la sentencia, se sintió solo e indefenso, ya que le hicieron hasta tres juicios en árabe sin traductor, sin abogado y sin recibir ningún atestado ni documentación de los cargos imputados. Durante ese período el hombre estuvo sin comer, sin dormir y fue golpeado y llegó a sufrir «alucinaciones visuales e incluso habló con su abuelo que había fallecido« once años atrás, según recoge la sentencia.
Fue una situación que provocó que su mente no aguantara y entró en cuadro de psicosis aguda hasta el punto de requerir asistencia en el Centre Hospitalier des Specialités de Nouadhibou, donde los facultativos dictaminaron que requería de acompañamiento continuo.
Durante el tiempo que estuvo retenido en Mauritania, la naviera para la que trabajaba no atendía las llamadas de su abogado, Fernando Osuna. El letrado planteó al capitán de barco emprender acciones judiciales contra la empresa y contra España por Responsabilidad Patrimonial de la Administración Pública «por pasividad o nulidad de actuación», al dejar a un ciudadano español indefenso en un país hostil como es Mauritania.
Pero el trabajador desistió por temor a posibles represalias tanto de la propia compañía como de las autoridades africanas. Tras 45 días, y gracias a las actuaciones de los servicios secretos de España, la Guardia Civil y el CNI el 29 de agosto un taxi lo trasladó 900 kilómetros por el desierto hasta el Aaiún, una población del territorio no autónomo del Sahara Occidental. Y desde allí viajó a Casablanca para finalmente aterrizar en Sevilla el 30 de agosto.
En el Hospital Virgen del Rocío le diagnostican «episodio de estrés agudo». Sólo un par de días después la mutua de la naviera se negó a expedirle la baja médica derivada de accidente de trabajo, así que el 4 de septiembre su médico de cabecera la prescribe la IT derivada de enfermedad común por trastorno adaptativo con estado de ánimo depresivo.
El 5 de septiembre el Hospital Virgen del Rocío de Sevilla solicitó al Hospital Juan Ramón Jiménez de Huelva su ingreso en la Unidad de Hospitalización de Salud mental, donde permaneció más de un mes ingresado, con varias salidas autorizadas intermitentes.
Así las cosas el 8 de septiembre de 2023, el abogado laboralista Álvaro Jiménez Bidón, del bufete Jiménez Bidón que colaboró con el bufete Osuna en este caso, instó ante el Instituto Social de la Marina (ISM) expediente de determinación de contingencia. Se basaba en que el estrés postraumático se produjo en su lugar y tiempo de trabajo por ocasión y a consecuencia del desempeño del mismo.
Sin embargo el ISM aceptó la declaración de la incapacidad laboral para cualquier trabajo pero insistía en que esa baja médica fue por enfermedad común.
Ahora el juzgado le ha dado la razón ya que considera que si bien el trastorno adaptativo con estado de ánimo depresivo «no es un evento súbito y externo», es decir, no es un accidente de trabajo en sentido estricto, es una dolencia psíquica que se va generando con el tiempo a partir de determinadas vivencias hasta que afloran patológicamente de manera súbita».
Acreditado
De hecho el fallo establece que ha quedado acreditado que la retención en Mauritania por 45 días «ha contribuido de manera decisiva en la existencia de la dolencia psiquiátrica», evidenciándose un nexo causa directa entre el trabajo y la patología.
En este sentido se recuerda que no consta ningún antecedente psiquiátrico del actor ajena al trabajo o de otras circunstancias personales que hubieran podido desencadenar la enfermedad. Pero sí «un agente externo»; como su retención acusado de causar la muerte de 4 personas y la desaparición de otras 2 lo que explica la aparición de su trastorno adaptativo con estado de animo depresivo.
Por eso estima la demanda del trabajador, declarando la contingencia de accidente de trabajo con los efectos económicos reglamentarios.
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