La Justicia tumba la demanda de la juez Núñez Bolaños contra ABC y avala su información sobre el caso ERE
La noticia sobre el reproche que hacía la Guardia Civil a la instructora de la causa de corrupción fue «veraz y se correspondía en general con la realidad», concluye la sentencia
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Sevilla
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Iniciar sesiónLa Justicia ha avalado la veracidad de una noticia y un editorial publicados por ABC el 12 de julio de 2019 que informaba sobre los reproches que la Unidad Central Operativa (UCO) de la Guardia Civil hizo a la juez María de los Ángeles ... Núñez Bolaños por su actuación como instructora de la macrocausa de corrupción de los ERE.
Mediante una sentencia dictada el 29 de septiembre pasado, el Juzgado de Primera Instancia número 25 de Sevilla ha rechazado la demanda presentada por la magistrada contra el periódico bajo el argumento de que dichas publicaciones representaban una supuesta intromisión ilegítima en su derecho al honor. Desestima también la indemnización de 120.000 euros que Núñez Bolaños reclamaba por «el daño moral causado» y el lucro obtenido por ABC.
En su resolución, la magistrada Marina del Río Fernández respalda en múltiples ocasiones la actuación profesional desarrollada por el diario y el redactor Alberto García Reyes, actual director de ABC de Sevilla. «La información que se proporciona en el artículo y editorial es veraz y se correspondía en general con la realidad, con independencia de los juicios, críticas y valoraciones que se efectuaban sobre la misma», concluye. Coincide con el Ministerio Fiscal, que pidió desestimar la demanda en el juicio. «En general, la información proporcionada provenía de la propia denuncia de la Fiscalía [contra la juez] y del contenido del oficio» de la Guardia Civil, encargada de elaborar los atestados de cada una de las ayudas irregulares concedidas por la Junta de Andalucía que daban pie a la apertura de piezas individuales en la causa de los ERE.
La información de ABC «realiza un análisis del contenido» de un oficio de la UCO del 23 de mayo de 2019 sobre varias ayudas y de otro posterior del 21 de julio de ese año referido a la empresa Hamsa que señalaba que «a pesar de requerirse y retirarse información sobre la investigación se seguía sin haber remitido a la UCO la documentación necesaria» para avanzar en sus pesquisas.
ABC se hizo eco en la noticia, como otros medios de comunicación, de la queja formulada por los seis fiscales Anticorrupción de Sevilla contra la juez Núñez Bolaños. Su reproche se tradujo en una denuncia ante el Consejo General del Poder Judicial que dio pie a la apertura de unas diligencias informativas contra ella por poner «trabas» a las investigaciones y desatender las mismas mediante «un comportamiento de reiterada pasividad». Por tanto, la información de ABC provenía de la propia denuncia de la Fiscalía y del oficio, «fuentes fiables» y «públicas, «con independencia de que posteriormente ésta resultara archivada». «Existía, por tanto, un juicio de veracidad de los hechos divulgados al haber sido contrastados con las fuentes a su alcance y siguiendo pautas profesionales», asevera.
La Guardia Civil sí critica a la juez
En lo que respecta a los oficios policiales, el juzgado asegura que «es evidente que se realiza una clara crítica y reproche de la actuación de la juez». En unos casos «se hace constar que se da la orden de elaboración de un atestado que luego se deja sin efecto». En otro, «efectivamente se hace referencia a que no se ha remitido más documentación para realizar el atestado», como recoge ABC.
«Se utilizan términos por los que se atribuye a la Guardia Civil un reproche de determinados errores, recriminación de actuaciones y se utiliza la palabra concreta 'acusación' que efectivamente literalmente no consta en el oficio», prosigue la sentencia. «Pero tal y como se manifiesta por los demandados deben considerarse una licencia periodística amparada por la libertad de expresión», subraya.
La sentencia recuerda que «exactamente idénticos reproches había efectuado la propia Fiscalía en su denuncia», haciendo referencia expresa en algún punto «a la actuación destapada por la UCO». Por otro lado, considera «evidente» que la UCO «es un cuerpo jerárquicamente supeditado por la ley a la función jurisdiccional y no podría emplear esos términos al emitir un informe, limitándose a ejercer una labor informativa», como ABC hace constar en la noticia.
Diligencia del periodista para contrastar la información
El juzgado descarta, pues, que exista una intromisión ilegítima en el honor de la instructora del caso ERE. «Únicamente existe un dato que no es veraz, al menos en su totalidad. Y es la acusación a la demandante de guardarse el atestado y no notificarlo», apunta la sentencia. Sin embargo, indica que es el juez de refuerzo que sustituye a Bolaños en la instrucción del caso quien remite unos días antes a la UCO los expedientes solicitados, lo que «puede inducir efectivamente a error al periodista». Por ello, sostiene que «la diligencia empleada por el informador y redactor de la noticia al contrastar la información fue razonable y proporcionada» al margen de este detalle. El Juzgado no impone costas a ninguna de las partes, por este motivo.
«Existía, por tanto, un juicio de veracidad de los hechos divulgados al haber sido contrastados con las fuentes a su alcance y siguiendo pautas profesionales», afirma la juzgadora. Además, considera «cuanto menos extraño», como puso de manifiesto la representación legal de ABC ejercida por el abogado Bosco Cámara (bufete Garrigues), que Núñez dejara «transcurrir dos años desde la publicación de este artículo para la presentación de esta demanda de protección de derecho al honor, cuando de forma inmediata pudo ejercitar su derecho a rectificar la información que consideraba errónea».
Contra la resolución cabe interponer recurso de apelación ante la Audiencia de Sevilla.
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