por la petición de gonzález
El Ayuntamiento hará de forma inminente la pradera de la Ciudad Deportiva
El expresidente Salinas contesta al canario y el contrato de compraventa impide llevarse al club de la ciudad
El Ayuntamiento hará de forma inminente la pradera de la Ciudad Deportiva
Las palabras de Carlos González a última hora del jueves sobre la intención de llevarse el Córdoba CF fuera de la ciudad, siquiera para entrenar, tuvieron ayer varios efectos. Primero, representantes del gobierno municipal se reunieron con la oposición, salvo UCOR, para exponerle la solución « ... de consenso» que buscan a la falta de campos de entrenamiento para el primer equipo blanquiverde. Segundo, el contrato de compraventa impide llevar a cabo la amenaza (quizás más encaminada a la oposición que al gobierno municipal actual) de llevarse al club fuera de la ciudad. Tercero, José Miguel Salinas, expresidente, replicó a González por los nuevos ataques a la gestión durante la etapa de Prasa.
A las 14 horas hubo cumbre de los grupo municipales. El gobierno expuso la única solución a corto plazo viable, a su juicio. Como el trámite de la cesión del suelo no está finiquitado, el Consistorio no sólo permitirá que se realice ya la pradera, como avance de la instalación final, si no que será el encargado de ejecutarla, ya que sigue siendo el propietario de la zona. Además, lo hará, en principio, a costa del dinero público. Eso sí, posteriormente el Córdoba afrontará el pago de la implantación del césped. La forma de compensación no se ha fijado. Fuentes municipales explican que una de las formas de recuperar el gasto sería repercutirlo sobre un convenio para 2015 en el que el Ayuntamiento iba a aportar 250.000 euros al club. En cualquier caso, la solución de realizar la pradera «es inminente».
Por otra parte, la amenaza planteada por González tiene un veto jurídico importante. El contrato de compraventa impide adaptar cualquier decisión que «suponga un desarraigo o desvinculación social del club de la ciudad de Córdoba». De hecho, es una de las causas resolutorias del contrato, que también aclara que no es posible «trasladar el domicilio social, ni transmitir los derechos de franquicia o participación en competiciones».
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