El Supremo absuelve a Garzón por la causa de las fosas del franquismo

De las tres causas abiertas contra el juez, solo ha sido condenado a 11 años de inhabilitación por ordenar las escuchas de la «Gürtel»

El Supremo absuelve a Garzón por la causa de las fosas del franquismo afp

natividad villanueva

El Tribunal Supremo acaba de absolver al ya exjuez de la Audiencia Nacional Baltasar Garzón del delito de prevaricación en relación con la causa de la memoria histórica . El fallo no ha sido unánime pues hay magistrados que consideran que se ha podido ... cometer delito y no se descarta que emitan un voto particular.

La acusación popular, Manos Limpias, pedía para el ex magistrado veinte años de inhabilitación, al considerar que inició la investigación de las fosas en la Audiencia Nacional a sabiendas de que no era competente para hacerlo.

En cualquier caso, esa inhabilitación en la práctica no habría tenido ningún efecto por lo menos en los próximos once años , que son a los que fue condenado hace dos semanas por intervenir las conversaciones entre abogados e imputados de Gürtel en prisión.

La segunda causa contra el juez Garzón que se consideró había prescrito fue la relativa al patrocinio de unos cursos de Nueva York. Se trata de unas conferencias que el juez dirigió, entre 2005 y 2006, organizadas por el Centro Rey Juan Carlos de la Universidad de Nueva York.

Durante el juicio, Garzón aseguró que inició esta investigación porque los hechos no habían sido investigados y había que dar una respuesta a las víctimas y negó que supiera que los posibles responsables de los crímenes de la Guerra Civil hubieran fallecido, circunstancia que extingue la responsabilidad penal.

Un voto particular

la sentencia, que ha contado con el voto particular del magistrado José Manuel Maza, señala que Garzón "ha pretendido mejorar la situación de los titulares de los derechos vulnerados", es decir las víctimas perdonadas a través de las distintas asociaciones de memoria histórica. "Esa finalidad perseguida, aún cuando errónea en su realización y convenientemente corregida, ha tratado de mejorar la situación de unas víctimas cuyo derecho a conocer los hechos y recuperar a sus muertos para honrarles es reconocido por la Ley de Memoria Histórica", señalan los magistrados

"En consecuencia la actuación jurisdiccional del magistrado acusado, aunque haya incurrido en exceso en la aplicación e interpretación de las normas, que han sido oportunamente corregidas en vía jurisdiccional, no alcanzan la injusticia de la resolución que requiere el tipo de prevaricación y no merece el reproche de arbitrariedad exigido en la tipicidad del delito de prevaricación objeto de la acusación".

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