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El Supremo admite a trámite la querella contra Garzón por prevaricación en la causa contra el franquismo

El juez Garzón / JULIÁN DE DOMINGO

La Sala de lo Penal del Tribunal Supremo ha admitido a trámite una querella en la que se imputa al juez de la Audiencia Nacional Baltasar Garzón por un supuesto delito de prevaricación en la causa abierta contra el franquismo y la desaparición de personas tras la Guerra Civil española, en contra del propio criterio de la Audiencia Nacional.

La querella fue interpuesta contra Garzón el pasado 26 de enero por el sindicato colectivo de funcionarios públicos Manos Limpias cuyo secretario general, Miguel Bernard, ha calificado la decisión del Supremo de «justa» y un «triunfo para toda la sociedad». A juicio de Bernard, el titular del Juzgado central de Instrucción número 5 de la Audiencia Nacional «no puede hacer lo que le dé la gana, por muy superjuez que sea» y la querella debía admitirse debido a que el juez se arrogó «competencias que no le correspondían» , ha indicado Bernard.

En la querella del sindicato Manos Limpias se acusa al juez indiciariamente de un delito de prevaricación -por dictar resoluciones injustas a sabiendas de que lo son-, al tiempo que solicitan al Consejo General del Poder Judicial que suspenda cautelarmente de sus funciones al juez mientras termina de instruirse el procedimiento en el que el mismo magistrado se inhibió en favor de los juzgados territoriales.

En el auto del Supremo, firmado por los cinco magistrados de la Sala Segunda -su presidente, Juan Saavedra, y los magistrados Adolfo Prego, Joaquín Giménez, Francisco Monterde y Juan Ramón Berdugo- , se recoge que el pasado 13 de febrero, el Ministerio Fiscal recomendó archivar la querella criminal interpuesta contra Garzón, al estimar que «no se evidencia que el magistrado querellado haya actuado suplantando la "ratio" y el fin de la norma pro sus propias y particulares convicciones». Sin embargo, la Sala de lo Penal pidió la remisión del «testimonio de distintos particulares» entrevistados por Garzón a lo largo de la causa por la Guerra Civil.

Los magistrados de la Sala de lo Penal han valorado la querella que recopila cronológicamente las resoluciones judiciales dictadas por el juez Garzón en el proceso abierto por la desaparición de personas en la Guerra Civil y también en la posguerra, así como la orden de exhumación de las fosas (desde el auto de incoación de 19 de diciembre de 2006 hasta que Garzón se inhibió en favor de los juzgados territoriales por auto de 18 de noviembre de 2008). La querella inicial no deja lugar a dudas cuando describe, después de repasar todas las actuaciones procesales de Garzón, que las ha hecho «con consciente postergación del Derecho y de la Ley y premeditada vulneración del Estado de Derecho, al mantener un procedimiento a conciencia de no ser competente». Estos hechos, según la Sala del Supremo, apuntan a un delito de prevaricación que «a priori» no es «descartable», ni es una hipótesis que pueda considerarse «absurda ni irracional» por lo que deciden admitir a trámite estos indicios.

Procedimiento abreviado

Según expertos en Derecho Procesal consultados por ABC.es , a la admisión de la querella le seguirá un procedimiento abreviado que consiste en que el juez instructor, Luciano Varela Castro , abrirá diligencias previas para recabar información sobre las actuaciones de Garzón. Entonces, le llamará a declarar como imputado y, una vez terminadas las diligencias que considere oportunas para esclarecer la denuncia, el instructor será quien decida si se abre un juicio oral o no en la misma Sala de lo Penal del Supremo.

En caso de que hubiera una sentencia condenatoria contra Garzón, este juez podría ser inhabilitado en el ejercicio de sus funciones durante un largo periodo de tiempo.

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