La Justicia reclama a los cinco condenados 775 millones de pesetas
Además de las penas de prisión, la Audiencia de Madrid ha condenado a cinco ex altos cargos de Interior a restituir a las arcas del Estado un total de 775 millones de pesetas fruto de la sustracción de caudales públicos. Sólo Barrionuevo y Corcuera no tendrán que hacer frente a pago alguno. Además, la Sala ordena el comiso de dos fincas que el fallo atribuye a Vera.
Sobre el ex secretario de Estado para la Seguridad, Rafael Vera, ha recaído el grueso de la condena ya que, además de obtener la mayor pena de prisión, debe responder, como responsable civil, de las siguientes cantidades: 141 millones de pesetas «por el dinero que ... sustrajo para sí»; 393 millones por las cantidades que «entregó» a Luis Roldán, quien debe responder solidariamente con él; 89 millones por lo entregado a Rodríguez Colorado; 15 millones por lo regalado a Francisco Álvarez y 7 millones, en relación con López. Estos tres últimos también son declarados «responsables solidarios» junto a Vera. San Cristóbal aún debe devolver a la Justicia 64 millones, pese a que ya ha reintegrado 66. López y Álvarez han devuelto 7 y 15 millones respectivamente.
Además, la Audiencia ha ordenado el comiso de las fincas «La Berzosilla», en Torrelodones (Madrid), y «El Relumbrar», en Albacete, porque pese a que su titular es Enrique Esquiva, suegro de Vera, «es un mandatario que adquiere el bien para el mandante y eso está acreditado». Para la Sala, Esquiva es el «encubridor, hombre de paja o testaferro» de Vera.
«Sería un escarnio -afirma el Tribunal- que la posibilidad de decomisar los efectos del delito dependiera del estado civil y régimen patrimonial del encubridor o mandatario. Como es un escarnio que cobre carta de naturaleza la imposibilidad de recuperar lo sustraído por la delincuencia de cuello blanco y que pueda extenderse la idea de que, en el peor de los casos, se disfrutará igualmente de los bienes delictivamente adquiridos, tras un paso por prisión lo más breve y cómodo posible».
LOS EX MINISTROS NO SE LUCRARON
La sentencia sostiene que habría sido «mucho más fácil» demostrar que los ex ministros Barrionuevo y Corcuera conocían el desvío de los fondos reservados «si hubiera habido alguna prueba de su propio enriquecimiento». «No la hay, ni siquiera indiciaria», concluye el Tribunal.
«Dentro de las cantidades de más de 1.500 millones , desviar cada año 56 para pagos de 7 millones a ocho altos cargos, por poner un ejemplo, o desviar 48 para entregar sobresueldos mensuales de 40.000 pesetas a cien funcionarios, no es algo notorio».
El Tribunal añade que la imputación del conocimiento y consentimiento por parte de los ministros surge de tres fuentes: la lógica, ya que como ministros eran los responsables y debían saber lo que ocurría; los testimonios directos de San Cristóbal y Roldán contra sus superiores; y la actuación de Barrionuevo con Manuel Fraga y Ramón Jáuregui, y de Corcuera con Colorado.
FRAGA AYUDA
En este sentido, el Tribunal insinúa que testimonios como los del propio Fraga han ayudado a los ex ministros y argumenta que «afirmar que se sabe algo porque se tiene la obligación de saberlo no es una inferencia que se acomode a las reglas de experiencia». Tampoco el incremento anual del presupuesto inicial de las partidas «es un dato para sospechar» porque «las cantidades sustraídas apenas alcanzan el 5 por ciento de las presupuestadas en total».
Además, el Tribunal pone en entredicho en este caso de las acusaciones de Roldán y San Cristóbal porque no se ven avaladas con «datos objetivos» y «algunas de ellas se revelan falsas». Y respecto al hecho de que Barrionuevo despachase con Fraga cuando su chalé en Galicia fue objeto de un atentado terrorista, la Sala sostiene que ese hecho tanto puede significar que el ministro controlaba los fondos como lo contrario: «que recibe por deferencia a estos altos cargos pero luego se los remite a quien está encargado de administrar esos fondos».
«RESPONSABILIDAD POLÍTICA»
Tampoco el Tribunal ofrece suficiente crédito al hecho de que Roldán asegurase que Corcuera se puso de acuerdo con Vera para pagar sobresueldos a Colorado y a él mismo. «Sospechas hay -dice el Tribunal, posibilidad hay, pero certeza de que los ministros consentían y conocían las sustracciones no hay (...). Del hecho de que no conste una expresa voluntad contraria o puede pasarse a deducir que hubo consentimiento, pues tal consentimiento no era preciso para disponer de los fondos asignados a la Secretaría de Estado».
El Tribunal recuerda que la figura de la «malversación por imprudencia» ya no está castigada y añade que «la invocación de su condición de garantes como responsables del Ministerio no puede hacer referencia sino a una condición de garante político y tiene su traducción en la responsabilidad política».
Respecto a la adquisición por Corcuera de joyas -«si no modestas, tampoco de fábula»- para las mujeres de altos cargos en cenas navideñas por valor de algo más de siete millones de pesetas, el Tribunal afirma que no actuó con dolo y que no pueden considerarse retribuciones en especie. «El regalo de joyas podrá decir del refinamiento o discutible gusto del señor Corcuera, pero no de la tipicidad de su acción». Tampoco el Tribunal considera acreditado que el ex ministro regalara joyas a su esposa.
«PRECIOS IRRISORIOS» DE VERA
Caso distinto es el de Vera. La Sala asevera que no existen pruebas directas contra él, pero sí un conjunto de «sospechas razonables» que le lleva a la condena. «Es difícil pensar en alguien que no tiene problemas para sustraer dinero en beneficio de otros, encuentra insuperables escrúpulos en hacerlo para él». Según el Tribunal, Vera «desvió una importantísima cantidad de dinero de fondos reservados», al menos 141 millones. Para la Sala, es «inexplicable» que la finca «El Relumbrar» fuese adquirida por Juan Luis Vera, hermano de Rafael, como inversión y poco después la vendiese por 27 millones al suegro de su hermano cuando debía costar más de 100 millones. Respecto a «La Berzosilla», compuesta por tres fincas adquiridas por un total de 43 millones, los magistrados afirman que es un «precio absolutamente irrisorio» para el que hay que hacer un «singular esfuerzo de credibilidad». Tampoco el Tribunal considera creíble que el suegro de Vera pagase ese importe con «dinero negro» porque ni su negocio de ferretería «era un imperio» «ni es cierto que confiara más en calcetines y cajas de seguridad que en cuentas bancarias». «El Tribunal tiene que partir de la presunción de inocencia, pero no puede admitir explicaciones absurdas e incomprensibles basadas en falsedades o invenciones».
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