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El Defensor del Pueblo se adelanta al TC y dice que el estado de alarma fue «constitucional y proporcionado»

Rechaza plantear el recurso ante el órgano de garantías y señala que el asunto ya está encima de su mesa

Francisco Fernández Marugán, defensor del Pueblo
Nati Villanueva

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«El rango constitucional de la institución, su carácter de comisionado parlamentario y la autoridad moral de la que gozan sus resoluciones parecen aconsejar la inhibición del Defensor del Pueblo en cualquier pugna procesal en la que su intervención no resulte imprescindible para cumplir adecuadamente ... su misión, que es la de garantizar los derechos fundamentales y las libertades públicas de los ciudadanos». Esta es una de las razones con las que el Defensor del Pueblo, Francisco Fernández Marugán, despacha en 25 folios los 617 escritos en los que particulares y distintos colectivos le pedían que llevara al Tribunal Constitucional el decreto de alarma del Gobierno y su posterior desarrollo normativo al apreciar su posible inconstitucionalidad.

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