Montero restaura por la vía rápida la reforma de Sociedades del PP anulada por el Constitucional para evitar un roto millonario
Aprovecha la tramitación parlamentaria del paquete de medidas contra la inflación para recuperar vía enmienda las medidas anuladas por la sentencia
Pretende reinstaurarlas con efectos 1 de enero de 2024 para que no lastren los ingresos del Estado durante los próximos ejercicios
Un patinazo de Montoro aboca a Hacienda a pagar devoluciones milmillonarias a grandes empresas
Madrid
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Iniciar sesiónEn una maniobra insólita la vicepresidenta primera y ministra de Hacienda, María Jesús Montero, ha decidido aprovechar la primera oportunidad que se le ha puesto por delante para tratar de reinstaurar una reforma del impuesto de Sociedades de Cristóbal Montoro, la que impulsara ... en el año 2016 y que el Tribunal Constitucional tumbó hace poco más de un mes por ser contraria a la Carta Magna.
La resolución del Constitucional hizo saltar todas las alarmas en el Ministerio de Hacienda. Los dispositivos introducidos en el impuesto por la reforma Montoro son críticos para explicar la recuperación del potencial recaudatorio del impuesto en los últimos años. Fuentes del ámbito de la asesoría jurídica de grandes empresas estiman hasta en 4.500 millones de euros anuales la aportación extra derivada de estas herramientas. La recaudación del impuesto de Sociedades en el año de 2022 fue de poco más de 32.000 millones de euros.
El jaque a la reforma de Sociedades de Montoro trastoca el plan fiscal de Hacienda para 2024
Bruno PérezAdemás de afrontar pagos milmillonarios, verá caer los ingresos por las empresas
Ante semejante tesitura, el Gobierno ha decidido utilizar el primer proyecto legislativo en fase de tramitación parlamentaria, el proyecto de ley por el que se adoptan medidas para afrontar las consecuencias económicas y sociales derivadas de los conflictos en Ucrania y Oriente Próximo, para incluir a través del grupo parlamentario socialista una enmienda al texto al objeto de «contrarrestar los efectos derivados de la sentencia 11/2024 del Tribunal Constitucional« y «recuperar las disposiciones anuladas» por la misma.
Impuesto a las pérdidas
El decreto de Montoro introdujo tres grandes cambios en la normativa del impuesto, aparentemente técnicos, pero con un impacto en los impuestos que pagan las empresas tan relevante, que media docena de despachos de asesoría fiscal consultados por ABC en el momento en que se conoció la sentencia coincidieron en señalar la norma tumbada por el Constitucional como la mayor subida de impuestos a las empresas que se recuerda.
Básicamente, la reforma limitó la posibilidad de las empresas de aligerar su cuota fiscal aplicando las bases imponibles negativas acumuladas de ejercicios anteriores, restringiendo esa rebaja al 50% para empresas con facturación superior a los 20 millones de euros, cuando hasta entonces podían reducirla hasta un 80%; introdujo un nuevo límite a la aplicación de deducciones por doble imposición internacional de las multinacionales; e introdujo la obligación de integrar en la base imponible el deterioro de valor de las participaciones que hubiera sido objetivo de desgravación fiscal.
Todo ello cayó con la sentencia del Constitucional, que declaró ilegal la utilización de la figura del real decreto ley para introducir una modificación de semejante calado en un impuesto que es central para el sistema tributario doméstico.
Y todo ello es lo que se pretende reinstaurar a través de la enmienda que el grupo parlamentario socialista ha presentado al paquete legislativo de medidas para paliar el impacto de la guerra de Ucrania, que el Gobierno presentó en su día como real decreto ley pero cuya tramitación se pactó como proyecto de ley, abriendo la posibilidad a que se presenten enmiendas.
Se recuperará, eso sí, para los ejercicios fiscales que se inicien a partir del 1 de enero de 2024, por lo que la sentencia del Constitucional tendrá impacto sobre los ingresos tributarios de este ejercicio presupuestario, en el que aún se recaudan cuotas derivadas de los beneficios del año 2023.
Con todo, las urgencias del Gobierno por contrarrestar los efectos de la sentencia del Constitucional han generado una cierta reacción entre los expertos. Javier Gómez Taboada, socio del área tributaria del despacho Maio Legal, recuerda que el Constitucional se ha pronunciado sobre este asunto a partir de un cuestión inconstitucionalidad planteada por la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional en la que se instaba al Alto Tribunal a pronunciarse no solo sobre la utilización del real decreto ley para introducir una modificación de esta entidad, sino también sobre la adecuación de las medidas introducidas por Montero en 2016 al principio de capacidad económica.
La factura de legislar mal
El Constitucional solo se pronunció sobre la forma y ello, a juicio, de Taboada abre una sombra de inseguridad jurídica que envuelve la iniciativa gubernamental. «Que sea jurídicamente correcto no significa ni que sea elegante ni que sea adecuado. Vuelve a ocurrir lo mismo de otras ocasiones, las dudas sobre la constitucionalidad de las medidas persisten y aunque se aprueben estas medidas dentro de un proyecto de ley se va a generar una situación de litigiosidad y de inseguridad jurídica en torno a las mismas que es indeseable», afirma.
En los ejercicios posteriores al año 2016 las empresas afectadas, especialmente los grandes grupos empresariales, tuvieron la cautela de impugnar las autoliquidaciones presentadas bajo el nuevo marco legal por las fuertes sospechas que sus asesores tenían de que fuera declarado inconstitucional.
Los recursos presentados entonces vuelven ahora en forma de cuotas ya pagadas cuya devolución pueden exigir a las autoridades tributarias. Asesores fiscales del Ibex avanzaban hace un mes que la cuantía de esas devoluciones sería milmillonaria y empresas como Telefónica han avanzado que tras la sentencia del Constitucional estiman que pueden recuperar hasta 4.500 millones en créditos fiscales.
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