El Gobierno ignora las consultas de energéticas y banca sobre la aplicación de los nuevos impuestos

Asesores y empresas denuncian que Hacienda ha optado por no resolver sus dudas con el argumento de que no se trata de impuestos en sentido estricto, sino de prestaciones patrimoniales no tributarias

Tanto el Consejo de Estado como la Delegación de Grandes Contribuyentes de la Agencia Tributaria ya advirtieron de la complejidad de la norma

La ministra de Hacienda, María Jesús Montero EP

La ventanilla informativa del Ministerio de Hacienda para resolver las dudas de contribuyentes sobre la aplicación del sistema fiscal, a través de la Dirección General de Tributos, ha optado por aplicar la doctrina del silencio administrativo a las dudas que sobre la aplicación de los nuevos gravámenes sobre banca y energéticas ... están planteando las empresas afectadas.

Fuentes de los sectores afectados y del ámbito de la asesoría fiscal aseguran a ABC que la Dirección General de Tributos no está respondiendo a las preguntas planteadas por las empresas en torno a la forma de liquidar los nuevos impuestos, generando una situación de inseguridad jurídica que ya ha condicionado el pago anticipado de los nuevos gravámenes, que ha dejado en las arcas del Estado cerca de 1.500 millones de euros según la información proporcionada por el propio Ministerio de Hacienda, 817,4 millones por el gravamen a las energéticas y 637,1 millones por el de la banca.

Los resultados presentados por las grandes compañías del Ibex en el primer trimestre del año revelan que estas han reservado 2.600 millones de euros para hacer frente a los nuevos gravámenes gubernamentales, con los que se espera recaudar 7.000 millones en los dos próximos años.

Hacienda se pone de perfil

Según las fuentes consultadas, el argumento que se les está trasladando desde la ventanilla de atención al contribuyente de Tributos es que no se trata de impuestos, sino de prestaciones patrimoniales no tributarias -la singular fórmula jurídica que el Gobierno ha escogido para evitar el problema de la doble imposición y esquivar el imperativo que exige utilizar un proyecto de ley para poner en marcha un impuesto nuevo- y que por tanto no le corresponde resolver las dudas de aplicación sobre esas figuras, que sin embargo sí serán inspeccionadas por la Agencia Tributaria.

La norma dejaba claro que las grandes energéticas debían pagar el 1,2% de su cifra de negocio y que las grandes entidades financieras debían pagar un tipo del 4,8% sobre sus ingresos por depósitos y comisiones, pero no era demasiado específica en relación al perímetro del negocio sometido a gravamen y no tenía en cuenta determinadas cantidades que las empresas ingresan en primer instancia pero que no se consolidan en su balance porque luego tienen que transferir a otros organismos.

Esa falta de concreción sobre la letra pequeña de los nuevos gravámene desencadenó una importante oleada de solicitudes de aclaración ya en el trámite parlamentario de la norma y una vez aprobada esta ha generado nuevas consultas ante la Dirección General de Tributos.

Dudas sobre cómo pagar

Fuentes del ámbito de la asesoría fiscal precisan que las dudas de las empresas energéticas giran en torno a la potencial situación de sobretributación que se puede dar por determinadas cantidades que están duplicadas en su cifra de negocios, por generarse por ejemplo entre las cuentas del negocio de generación y de comercialización, y que se ajustan en la tributación del Impuesto sobre Sociedades pero no en el gravamen.

Las energéticas también reclamaban una aclaración sobre el tratamiento del gravamen a los ingresos objeto de minoración por imperativo legal desde hace unos meses, por considerar el Gobierno que devienen de los anómalos precios del gas en los mercados mayoristas. Se trata de ingresos que alimentan en un principio la cifra de negocios de la compañía, pero que supuestamente deberán ingresarse en la CNMC cuando se apliquen los correspondientes mecanismos de minoración. ¿Deben las empresa pagar la parte del gravamen que corresponda a estos ingresos? Hacienda ha declinado pronunciarse.

Las entidades financieras no han corrido mejor suerte. Sus intentos de aclarar si el nuevo gravamen se tiene que aplicar únicamente sobre los ingresos por comisiones de las actividades estrictamente bancarias, como se dice en una parte de la norma, o sobre los ingresos consolidados en conjunto, que incluyen también otros negocios como el asegurador o la gestión de activos, se han topado con el silencio administrativo de Tributos; así como las intentonas de confirmar que el gravamen debe pagarse únicamente por el negocio en España y no incluir los ingresos generados por sucursales en otros países.

No es una pataleta sectorial. El informe del Consejo de Estado sobre la norma que aprobó los gravámenes subrayó «la complejidad de las reglas establecidas para determinar cómo se calcula y opera dicho importe neto de la cifra de negocios» y se hizo eco de un informe de la Delegación de Grandes Contribuyentes de la Agencia Tributaria, que recalcó «la necesidad de un complemento normativo que aporte precisión y claridad a los términos de la ley y a su aplicación práctica».

De momento, el único esfuerzo de aclaración que ha realizado Hacienda ha sido un documento de preguntas y respuestas publicado en la web de la Agencia Tributaria, que no desciende a los detalles más técnicos.

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