La CNMC investiga a Apple por posibles prácticas anticompetitivas

La firma podría estar imponiendo «condiciones comerciales inequitativas» a los desarrolladores que utilizan su tienda de aplicaciones, App Store

Bruselas multa con 1.800 millones de euros a Apple por restringir a otras plataformas como Spotify

REUTERS

Nuevo toque de atención a Apple. La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) investiga al gigante tecnológico de la manzana por supuestas prácticas anticompetitivas. En concreto, por conductas contrarias al artículo 2 de la Ley 15/2007, de 3 de julio, de ... Defensa de la Competencia (LDC) y al 102 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea (TFUE). Así lo ha comunicado el organismo encargado de supervisar la conducta de las empresas en nuestro país, que apunta que la firma podría estar imponiendo «condiciones comerciales inequitativas» a los desarrolladores que utilizan App Store.

«Apple podría estar llevando a cabo prácticas anticompetitivas consistentes en imponer condiciones comerciales inequitativas a los desarrolladores que utilizan las tiendas de aplicaciones del grupo Apple (App Store) para distribuir aplicaciones a los usuarios de productos de dicha empresa», detalla la CNMC en el comunicado

No es el primer toque de atención para la empresa en Europa. Desde Bruselas ya se advertía a finales de junio sobre la situación. Entonces, la Comisión Europea trasladaba los resultados preliminares de su investigación, y ya indicaba que la App Store de Apple incumplía con la Ley de Mercados Digitales.

¿La razón? La misma que ahora: «Las reglas de la App Store infringen la Ley de Mercados Digitales (LMD), ya que impiden que los desarrolladores de aplicaciones dirijan libremente a los consumidores hacia canales alternativos para ofertas y contenidos», afirmaba la Comisión.

Además, en marzo, Bruselas sancionaba a la tecnológica con una multa de 1.800 millones de euros por violar la legislación de la UE al restringir la elección de servicios de transmisión de música por parte de los consumidores.

La investigación, según ha trasladado Competencia, «se inició de oficio, dada la relevancia que está cobrando en España la actividad económica que se lleva a cabo en las tiendas de aplicaciones». En caso de confirmarse, las conductas podrían constituir un abuso de posición de dominio prohibido por el artículo 2 de la LDC y 102 del TFUE.

Estas prácticas podrían ser consideradas como una infracción muy grave de la LDC, que puede conllevar multas de hasta el 10 % del volumen de negocio total mundial de las empresas infractoras en el ejercicio anterior al de imposición de la multa.

Ahora, se abre ahora un periodo máximo de 24 meses para la instrucción del expediente y para su resolución por la CNMC.

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