Hasta 100.000 autónomos societarios podrán reclamar a la Seguridad Social la tarifa plana
ATA avisa de que se puede producir un alud de revisiones ante las sentencias del Supremo dando la razón al colectivo
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Iniciar sesiónVarapalo de la Justicia a la Seguridad Social al obligarle a extender la tarifa plana a los autónomos societarios, es decir, aquellos que dirigen una empresa con empleados a cargo. Tras un largo pulso entre el colectivo y la Tesorería, el Tribunal Supremo ha dado ... la razón a los autónomos en tres sentencias que desveló el presidente de la Federación Nacional de Trabajadores Autónomos (ATA), Lorenzo Amor. « Teníamos razón y nos la han dado , noticia importante para autónomos societarios», celebró Amor en redes sociales.
«No puede impedirse la aplicación de los beneficios en la cotización previstos en el artículo 31 de la Ley 20/2007, del Estatuto del Trabajo Autónomom a los trabajadores que ostentan la condición de socios de sociedades mercantiles capitalistas», indica el Tribunal Supremo en la primera de las sentencias, fechada el 3 de diciembre de 2019.
Desde el Alto Tribunal se han dictado providencias que inadmiten los recursos de casación interpuestos por la Tesorería General de la Seguridad Social sobre este asunto al considerar que la cuestión objeto de debate ya quedó resuelta por la primera sentencia.
Al existir ya doctrina jurisprudencial, como señalan desde el Ministerio de Inclusión Seguridad Social y Migraciones, la Tesorería General ya ha dado instrucciones para cambiar el criterio y permitir a las nuevas peticiones que se puedan acoger a la tarifa de 60 euros al mes durante el primer año . Y señalan que el criterio que seguía el organismo procedía de una normativa que no era «del equipo actual». La tarifa plana se aprobó para impulsar la creación de empresas y a los emprendedores, pero la Seguridad Social excluyó a los autónomos societarios en su momento, lo que provocó un largo tira y afloja judicial que ha visto su fin con las tres sentencias del Supremo.
Sin embargo, el fallo judicial abre la puerta a un importante melón por resolver: los autónomos societarios que en su momento se dieron de alta en ejercicios no prescritos -los últimos cuatro años- y pagaron religiosamente la cuota en lugar de acogerse a la tarifa plana. Desde el Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones señalan que pueden reclamar la revisión administrativa de la resolución que se les hizo o, si no lo solicitaron, pueden pedir ahora una revisión.
Esto abre la puerta a un alud de reclamaciones, explica Lorenzo Amor a ABC. «Ya lo dijimos en su momento y esto conlleva que, de media, los trabajadores por cuenta propia perjudicados hayan pagado 3.000 euros de más por cabeza a la Seguridad Social», señala el presidente de ATA. Si durante el primer año tuvieron que pagar la cuota de 367 euros al mes, con la tarifa plana esta cuota hubiera bajado a 60 euros.
La organización calcula que aproximadamente en los últimos cuatro años se han dado de alta unos 100.000 autónomos societarios . Todos aquellos que cumplan los requisitos podrían pedir a la Tesorería General de la Seguridad Social que revise la resolución y pago de la cuota: en caso de que pudieran haberse acogido a la tarifa plana y no lo hicieran por el criterio de entonces de la Tesorería, la Seguridad Social debería devolverles las cantidades correspondientes.
Amor reclamó más apoyo desde el Gobierno a los autónomos en plena crisis y recordó que, de momento, solo el 4% de los autónomos cobrará la nueva prestación por cese de actividad que arrancó en julio, ya que solo 142.000 trabajadores por cuenta propia de los tres millones de autónomos que hay la han recibido.
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