Ábalos propone compensar económicamente a todos los propietarios afectados por el veto a los desahucios
El Ejecutivo planea aprobar la norma la próxima semana vía decreto en el Consejo de Ministros
El vicepresidente Iglesias hablando con el ministro de Transportes, José Luis Ábalos
El decreto que vetará los desahucios durante el estado de alarma está previsto que vea la luz en el Consejo de Ministros de la próxima semana. Concretamente, el martes 22 de diciembre, tras largo tiempo de tiras y aflojas en el seno del ... Gobierno y habiendo pulido ya los recovecos legales de la norma para evitar un aluvión de demandas , como avanzó ABC. Entre esas fisuras legales que tenía la medida estaba la restricción de derechos de los propietarios de las viviendas afectadas, que se salvaría con una compensación económica para los mismos en ciertos supuestos, como propone el Ministerio de Transportes.
El borrador del decreto que prepara el Ejecutivo , que aún no está cerrado, señala que si no se da una alternativa habitacional a los inquilinos que vayan a ser desahuciados en los tres meses siguientes a la emisión de un informe preceptivo de servicios sociales sobre la vulnerabilidad económica, «el propietario tendrá derecho a solicitar una compensación por el perjuicio ocasionado, y siempre que acredite que la suspensión del lanzamiento le haya ocasionado perjuicio económico». Es decir, que, en todo caso, no habría restricciones a esa compensación en función de si los dueños son personas físicas o jurídicas. Cualquier tipo de propietario, con independencia del número de viviendas, podría disfrutar de la compensación.
La misma consistirá «en el valor medio que correspondería a un alquiler de vivienda en el entorno en que se encuentre el inmueble, determinado a partir de los índices de referencia del precio del alquiler de vivienda u otras referencias objetivas representativas del mercado de arrendamiento, más los gastos corrientes de la vivienda que acredite haber asumido el arrendador, por el período que medie entre que se acordare la suspensión y el momento en el que la misma se levante por el Tribunal o por finalizar el estado de alarma». Así figura en el borrador de decreto de Transportes, tras alcanzar un preacuerdo con Unidas Podemos sobre ello, aunque aún deberá pasar por el aro de otros ministerios como Economía y Justicia.
Así las cosas, en caso de que la citada solución habitacional se aplique dentro de los tres meses siguientes a la emisión del informe de servicios sociales, el dueño de la vivienda no tendría derecho a pedir la compensación, que en todo caso habrá de ser solicitada a instancia de parte y no de oficio. Específicamente, acreditando el perjuicio económico soportado .
Sin embargo, ejercer esta acción de solicitar la indemnización por el quebranto económico tendría también un plazo: «La solicitud de compensación podrá presentarse hasta un mes después de la vigencia del estado de alarma declarado», esto es, después de que finalicen los seis meses que decretó el Gobierno de estado de alarma.