Polémica por el monumento cordobés
El Gobierno cambia la inmatriculación a la Iglesia sin afectar a la Mezquita
El nuevo modelo, que es igual al del resto de la sociedad, no tendrá efectos retroactivos
R. R. / M. P. A.
El Consejo de Ministros aprobó ayer el anteproyecto de ley que modificará, entre otras cuestiones, la forma en la que la Iglesia podrá inmatricular —inscribir en el Registro de la Propiedad por primera vez— sus bienes sin que ello genere efectos retroactivos de ningún tipo ... a la anotación realizada sobre la Mezquita-Catedral de Córdoba. Fuentes del Ministerio de Justicia explicaron a ABC que el nuevo régimen, que equipara la situación de la Iglesia a la del resto de la sociedad en este tipo de trámites, mantiene las cosas como están en lo tocante al primer templo de la diócesis y el monumento más relevante de la ciudad, cuyo pleno dominio se encuentra en estos momentos en medio de una polémica que enfrenta a una plataforma ciudadana, la Junta y el Obispado de Córdoba.
El punto de partida se encuentra en el actual artículo 206 de la Ley Hipotecaria, aprobado en su momento para establecer un sistema sencillo para que la Iglesia —que no pudo registrar sus bienes durante décadas— inmatriculase sus propiedades. El trámite «normal» es que un ciudadano o una empresa presenta documentos acreditativos de la propiedad ante el registrador para inscribirlo a su nombre. En el caso de las Administraciones o los bienes de la Iglesia, lo hace un funcionario. Y en el caso particular de los bienes eclesiásticos, la certificación puede emitirse desde el diocesano correspondiente. En el caso más cercano, el obispo de Córdoba. Las entidades que protestan por estos registros han criticado la norma porque se equipara a un miembro del clero con un funcionario del Estado.
La nueva norma (artículo 204 de la futura redacción de la Ley Hipotecaria) establece que el certificado del funcionario —previo informe de los servicios jurídicos de la administración correspondiente— es una vía que podrán utilizar tan solo las entidades de Derecho Público. El Ministerio de Justicia ha retirado cualquier alusión a la Iglesia Católica o a cualquier otra confesión religiosa para un sistema de trabajo que queda en exclusiva para las administraciones.
La Iglesia podrá seguir inscribiendo sus bienes aunque por el procedimiento común. En primer lugar, tendrá que iniciar el proceso ante un notario al que tendrá que presentar el título de propiedad o el de dominio sobre la misma. El fedatario comunicará el expediente al Registrador de la Propiedad quien será el encargado de investigar si existe una inscripción previa entre otros aspectos. De no existir problemas, remitirá el caso al notario quien tendrá que abrir un procedimiento de consultas a interesados y administraciones. En el caso de que alguien se oponga, el caso podrá pasar a los tribunales. Será el promotor del proceso de inscripción quien podrá formular demanda ante quienes se opongan ante el juez de primera instancia correspondiente en un procedimiento declarativo (oídas las partes, el tribunal decide). La norma establece una inscripción preventiva que funciona en tanto existe una decisión al respecto.El anteproyecto de ley recalca la irretroactividad de la medida tanto para las incripciones en curso como las que no han sido elevadas a firmes. Todos los procedimientos iniciados conforme a la ley actualmente vigente seguirán tramitándose conforme a esa norma incluso cuando no se hubieren culminado, explica el anteproyecto, que tendrá que volverse a aprobar por el Gobierno en forma de proyecto de ley, que es cuando se remite a las Cortes. Eso implica que todas las inmatriculaciones que pudieran efectuarse desde el día de hoy hasta la publicación de la norma final en el Boletín Oficial del Estado se realizarán con el diseño de la Ley Hipotecaria actual.
El Gobierno entiende que es necesario que los bienes de la Iglesia estén inscritos por el valor que poseen. Afirma que los procesos de inmatriculación de bienes del clero se han extendido «con normalidad». Hasta 1998, esa inscripción no fue posible por la legislación en la materia.
El Gobierno cambia la inmatriculación a la Iglesia sin afectar a la Mezquita
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