fijar el techo de déficit
Los constitucionalistas creen, como Rajoy, que no es necesario un referéndum
Gregorio Peces-Barba ve «razonable» que se reforme la Carta Magna pero añade que no sería una modificación «muy técnica». El catedrático Luis Aguiar no cree «jurídicamente necesaria» la consulta, aunque «políticamente» pueda plantearse
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El catedrático Gregorio Peces-Barba, uno de los padres de la Constitución Española, considera "razonable" la reforma de la Carta Magna planteada ayer por el presidente del Gobierno, José Luis Rodríguez Zapatero, para fijar un techo de déficit y deuda. ... Peces-Barba no comparte la opinión de quienes señalan que la inclusión del límite de gasto en el texto constitucional precisaría la celebración de un referéndum. "Se trata de una reforma muy técnica, y no necesita de referéndum", ha señalado Peces-Barba, que también ha manifestado su desacuerdo con quienes opinan que esta reforma puede afectar al estado del bienestar.
Aguiar: «Depende de las fuerzas políticas»
Con este diagnóstico coincide el Catedrático de Derecho Constitucional y exvocal del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) Luis Aguiar , quien ha señalado que el referéndum no es "jurídicamente necesario" porque el artículo a reformar no está incluido entre los que precisarían del procedimiento "agravado" de reforma, que es el que obliga a la consulta popular. "Pero que políticamente el referéndum proceda o no depende de las fuerzas políticas que lo respalden", ha apuntado el catedrático, en alusión a la posibilidad de que la consulta se produzca si así lo quieren un 10% de diputados o de senadores. Personalmente, Aguiar no considera que la imposición constitucional de un techo de déficit afecte de modo sustancial al estado del bienestar o al estado de las autonomías, tal y como han señalado algunos críticos con la reforma. "Me parece que el asunto no merece un referéndum, aunque puede que haya gente que lo considere importante", ha afirmado el catedrático. Tampoco cree este experto que la propuesta sea precipitada puesto que hay tiempo para realizarla en los plazos estimados , que son muy parecidos a los que se emplearon en la única reforma realizada hasta el momento a la Carta Magna, en 1992, para añadir en el artículo 13.2,la expresión "y pasivo" referida al ejercicio del derecho de sufragio de los extranjeros en elecciones municipales. "Quizá la Constitución se debería haber reformado más en otros aspectos, referidos a la sucesión en la Corona o al Senado, y si no se ha hecho es porque no se han puesto de acuerdo las fuerzas políticas", ha añadido Aguiar. Las Cortes no se disuelven hasta el 26 de septiembre , pero, tras al aprobación de la reforma constitucional, según prevé la propia Carta Magna, se abre un plazo de 15 días para que, si lo consideran oportuno, un diez por ciento de los miembros del Congreso (35 diputados) o el Senado (27 senadores), soliciten que la reforma se someta a referéndum. Durante es plazo, las Cortes deben estar reunidas, con lo que la reforma constitucional tiene que estar aprobada en los primeros días de septiembre, antes del día 9, que además es fiesta en Madrid
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