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Simat pudo cometer fraude de ley en un PAI que afecta a la Valldigna

Aplicar torticeramente una norma para eludir la aplicación de otra que es la realmente aplicable. O lo que es lo mismo, buscar la protección de una norma que ampararía una actuación fuera de la ley

Aplicar torticeramente una norma para eludir la aplicación de otra que es la realmente aplicable. O lo que es lo mismo, buscar la protección de una norma que ampararía una actuación fuera de la ley, es lo que pudo hacer el Ayuntamiento de Simat de la Valldigna para dar el visto bueno a un PAI con una cobertura jurídica falsa.

Esa práctica, la comisión de un fraude de ley, es lo que atribuye al consistorio de Simat, presidido por el socialista Vicente Palomares, un informe de la Comisión Informativa de la Conselleria de Territorio del pasado 21 de febrero.

Y con ello no es que aprobara un acto de poca importancia. Nada menos una reordenación urbana de un millón y medio de metros cuadrados de superficie, en la que se incluye suelo protegido del entorno del Monasterio de Santa María de la Valldigna.

En la zona del entorno de ese recinto monacal, fundado en el siglo XIII por Jaume II y considerado «patria espiritual» del Reino de Valencia, está prevista la ubicación de un campo de golf. En la otra, entre las estribaciones de las montañas colindantes y el Parque del Clot, se espera ubicar una zona residencia con hasta 1.481 viviendas.

Parece innecesario aclarar que el informe elevado por los técnicos de Territorio a la comisión informativa propone denegar la aprobación del plan parcial «La Valldigna Golf», propuesto por la empresa «Neptuno Capital, S.L.» y asumido como propio por el consistorio con el respaldo de los grupos socialista y popular.

Todo hace prever que la Comisión Territorial que se celebra mañana cumplirá la recomendación de los funcionarios, sostenida en cinco fundamentos jurídicos.

El informe técnico, aunque no entra a efectuar un análisis de la ordenación propuesta, dada la contundencia de los defectos formales encontrados, sí aprecia la inadecuación de la propuesta al concierto previo informado por la Conselleria para que se eliminara el viario que delimita la zona de protección del Monasterio.

Territorio ya había advertido al Ayuntamiento previamente de que debía garantizar la protección de esa superficie, pero el plan parcial mantendría esa afección a la zona circundante del monumento, que actualmente tiene rango estatutario.

Régimen transitorio

El periodo de información pública de la iniciativa original, de una empresa distinta, coincidió con la entrada en vigor de la Ley Urbanística Valenciana (LUV), lo que llevó al Ayuntamiento a suspender la apertura de plicas para estudiar el régimen transitorio.

El consistorio concluyó que este plan no podía seguir los trámites de la LRAU, pero sí la los instrumentos de planeamiento que acompañaban al PAI. Para ello, la Corporación podría asumir como propios la Homologación y Plan Parcial de alguno de tres los aspirantes aprovechando la situación de tramitación.

Entonces, PSPV y PP presentaron la propuesta de «Neptuno Capital S.L.», la aprobaron provisionalmente como propia del Ayuntamiento, y pidieron a la empresa que remitiera un texto refundido con ciertas modificaciones propuestas en el acuerdo.

Anagrama municipal

El informe sentencia que la actuación municipal parece incurrir en un posible fraude de ley, al forzar la aplicación de la norma -LRAU frente a LUV-, y por encargar a la propia empresa la presentación del texto refundido con esas modificaciones propuestas por los ediles.

La apertura de plicas no llegó a producirse, por lo que no sería de aplicación la disposición transitoria al no haber llegado a ser objeto de aprobación municipal ni haber vencido el plazo máximo para emitir resolución expresa.

Los funcionarios afirman no comprender por qué el pleno encarga a la sociedad «Neptuno Capital» ese texto refundido sin que se sepa cuál es la relación jurídica entre el Ayuntamiento y la empresa, que presentó ese nuevo documento con el anagrama municipal.

El proyecto aprobado por el pleno tampoco fue objeto de información pública, lo que quebraría las garantías de defensa de los afectados y, según los precedentes citados en el escrito técnico, haría nulo de pleno derecho el plan parcial por defecto procedimental.

En caso de que la Conselleria de Territorio diera finalmente su aprobación al proyecto pese al criterio técnico contrario, se podrían construir hasta 1.481 viviendas en una localidad que tiene actualmente 3.090 habitantes, según el último censo del Instituto Nacional de Estadística (INE).

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