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El Supremo prohíbe las consultas paralelas en Cataluña el día de las elecciones

Apoya los argumentos de la Junta Electoral Central, que valoró que las preguntas que se pretendían plantear constituyen una actividad de naturaleza política

El Supremo prohíbe las consultas paralelas en Cataluña el día de las elecciones efe

j.f-m/n.v.

El Tribunal Supremo ha confirmado este viernes la prohibición de que se celebren consultas populares durante las jornadas de reflexión y votación de las próximas elecciones del próximo domingo 25-M en Cataluña.

La Sección Séptima de la Sala de lo Contencioso ha denegado la petición de medidas cautelarísimas solicitada por la asociación «Som lo que sembrem» contra la prohibición acordada por la Junta Electoral Central.

Los magistrados del Supremo recuerdan el necesario respeto a la jornada de reflexión , que no debe verse alterada. La Sala valoró que las preguntas que se pretendían plantear constituyen una actividad de naturaleza política, «susceptible de influir en los electores, así como que las preguntas en cuestión se encuentran en directa conexión con el debate político existente en Cataluña ».

Aunque la Sala aunque no entra en el fondo (porque se trata de resolver una petición de cautelarísimas) sí apunta que «aun en el hipotético caso de que la consulta no fuera ilícita, aquella podría realizarse en circunstancias y momentos distintos, sin que por ello perdiera su actualidad como elemento de conformación del pluralismo político», razones por las que sin entrar en la calificación jurídica de la iniciativa, ni de su ilícitud, la sala deniega la petición de la asociación recurrente. El auto incluye un voto particular discrepante de la magistrada Celsa Pico.

El Supremo prohíbe las consultas paralelas en Cataluña el día de las elecciones

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