El Supremo avala el confinamiento forzoso de Armengol a los estudiantes de viajes de estudios en Mallorca
La sentencia del alto tribunal asegura fue «una medida ajustada a principios de proporcionalidad», según ha informado el Gobierno balear
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Iniciar sesiónEl Tribunal Supremo (TS) ha ratificado el confinamiento forzoso de estudiantes durante los viajes de estudios en Mallorca, dictado por el Govern balear de la socialista Francina Armengol en junio de 2021. La sentencia del alto tribunal se ha notificado este viernes a la ... Abogacía de la Comunidad Autónoma, y el Ejecutivo ha emitido una nota informativa.
Según el comunicado del Govern, el Supremo sentencia que «mantener el confinamiento de los que dieron negativo en la PCR, en espera de su confirmación, era una medida ajustada a principios de proporcionalidad si, además, la relacionamos con la peculiaridad de la crisis de la COVID-19, la experiencia de los devueltos de los viajes de final de curso y la situación concreta de los afectados»..
El Supremo desestima así el recurso de casación interpuesto por el Ministerio Fiscal y señala que «no se discute en las actuaciones que entre los que ya habían vuelto después de finalizar su estancia en Mallorca estaban aflorando numerosos positivos».
Justifica, además, que «había base racional para presumir que los que todavía permanecían en la isla pudieran resultar contagiados y transmitir su contagio, dispersando el virus por otros territorios, cosa que era razonable pensar en vista de la experiencia de los recientes devueltos, por el tipo de actividades desarrolladas y la manera de comportarse de los afectados en estos viajes de final de curso en Mallorca».
De este modo, el TS confirma la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de las Islas Baleares (TSJB) y desestima la apelación que la Fiscalía de Baleares interpuso ante el Tribunal Supremo. La Fiscalía de Baleares se mostró contraria al confinamiento forzoso de estudiantes en viajes de fin de curso porque entendía que el Govern balear debería haber demostrado de forma más individualizada que los afectados no contagiados eran contacto estrecho de los que habían dado positivo.
Consideró que la resolución del Govern balear «no especificaba de forma clara ni directa» datos más específicos como «su situación particular, fecha de llegada, periodo de estancia en la isla, grupo al que pertenecía, hotel de hospedaje y actividades de ocio relacionadas».
Asimismo, la jueza destacó que la orden de Salud tampoco concretaba si mantuvieron «un contacto real, ni con qué intensidad» con los contagiados y subraya que «no bastan meras consideraciones de conveniencia, prudencia o precaución» para limitar derechos fundamentales.
El Govern que preside la socialista Francina Armengol ya ganó el recurso de apelación contra la sentencia que obligó a dejar en libertad a todos los estudiantes que no habían dado positivo en coronavirus o a los que se negaron a hacerse la prueba. En concreto, fueron 181 jóvenes los que pudieron abandonar el hotel y regresar a sus lugares de origen. El TSJB anuló la decisión judicial que ordenó la salida de los jóvenes del hotel medicalizado en Palma, aunque la sentencia ya no tenía efecto porque no quedaban estudiantes confinados.
En aquel momento y frente a las críticas, Armengol defendió el confinamiento de los 249 estudiantes peninsulares en el hotel Palma Bellver. «Desde mi responsabilidad, tanto si eres un estudiante, como un menor, un turista o un residente y eres contacto estrecho, eres un riesgo de contagio para la población y debes hacer cuarentena, como ha sucedido en los últimos 15 meses», manifestó la presidenta.
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