El Consejo de Estado reprocha a Ribera que perjudica la inversión privada en energías renovables
La ministra aprueba hoy un decreto sobre plantas fotovoltaicas flotantes que dificulta las concesiones
Teresa Ribera dirige ahora sus recortes a las renovables, que fijarán el precio de la tarifa regulada
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Iniciar sesiónEl Consejo de Estado (CE), máximo órgano consultivo del Gobierno, se ha pronunciado sobre el decreto que hoy lleva a Consejo de Ministros Teresa Ribera, ministra para la Transición Ecológica. El dictamen al que ha accedido ABC sobre el real decreto por el que ... se establece el régimen para la instalación de plantas fotovoltaicas flotantes en embalses ha sido especialmente duro.
El órgano consultivo dice que la norma está «vacía de contenido»; que tiene «efectos negativos» en términos de «seguridad jurídica»; que no regula un procedimiento simplificado que podría ayudar a las empresas a poner en marcha estas plantas y «favorecer la inversión privada», e insta al Gobierno, además, a hacer una evaluación posterior a la aplicación de la norma por las «consecuencias adversas» en el medio ambiente y en la «seguridad de las personas» que el real decreto puede tener.
El objetivo del decreto, dice el Gobierno en la memoria que lo acompaña y a la que también ha accedido ABC, es «el fomento de las energías renovables» ya que «constituye uno de los pilares más importantes del proceso de transición energética que debe acometer España para lograr la descarbonización de nuestra economía en 2050».
Una de las maneras de fomentarlas, dicen, a es través de las plantas fotovoltaicas flotantes en embalses. ¿Y cómo funcionan exactamente? «Las plantas solares flotantes se ubican en superficies acuáticas y aparecen como una gran alternativa para impulsar la energía solar en países con escasez de terreno disponible. Este tipo de paneles fotovoltaicos pueden instalarse en cualquier superficie acuática, desde el mar hasta lagos, depósitos de agua potable, presas o canales de riego, pero lo ideal es que se alojen en aguas tranquilas, con escasas variaciones de nivel, a poca distancia de las orillas. No son exactamente igual que las terrestres, aunque tienen un sistema muy similar», explica Endesa en su página web.
Las empresas parecen convencidas de la oportunidad y el gobierno, a juzgar por el decreto que aprueba hoy, también. Sin embargo, está redactado de una forma que no termina de convencer al Consejo de Estado en cuanto a las facilidades para que estas placas se puedan instalar. En primer lugar, el órgano consultivo reprocha a Ribera que no ponga en marcha para el otorgamiento de las autorizaciones y concesiones pertinentes un procedimiento simplificado y opte, en su lugar, por el ordinario. «A pesar de su innegable utilidad, este procedimiento simplificado no ha sido regulado hasta la fecha. Y aunque el mismo pudiese haber contribuido de manera significativa a favorecer la instalación de plantas fotovoltaicas en nuestros embalses, no ha sido articulado por el real decreto proyectado», reprocha el Consejo de Estado. Por si esto fuera poco, el argumento dado por el Gobierno para no usar este procedimiento tampoco convence al órgano consultivo.
Y es que este dice que la opción «se ha desestimado por su complejidad y por la carga administrativa que supondría su aprobación a las diferentes unidades del ministerio». Sin embargo, advierte el Consejo de Estado: «Reconocen expresamente que se trata de una alternativa que no cabe desechar a medio-largo plazo».
Futuro próximo
Sobre este procedimiento que no se quiere poner en marcha, el CE también reprocha el sinsentido de aprobar una norma que tendrá que ser modificada «en un futuro más o menos próximo» por otra disposición general que se ocupe sistemáticamente del régimen jurídico aplicable a las plantas fotovoltaicas flotantes, «con los efectos negativos que ello puede tener en términos de seguridad jurídica».
Y sobre el mismo tema, el de la falta de un procedimiento simplificado y unificado, avisa el Consejo de Estado que su puesta en marcha «agilizaría el proceso de instalación (...) y, de este modo, favorecería la inversión privada en la producción de energía eléctrica mediante centrales hidroeléctricas y térmicas».
Otra consideración que le hace el órgano consultivo al Gobierno se refiere a la evaluación posterior a la puesta en marcha de la norma, llamada 'ex post' (es decir, después de). El Ejecutivo dice que no es necesario, algo que no ve el Consejo de Estado en absoluto conveniente. «La memoria (...) excluye la evaluación de los resultados de su aplicación práctica por razón de su naturaleza y contenido. Lo cierto es, sin embargo, que el estado embrionario en el que se halla el empleo de esta fuente de energía alternativa en las masas de agua dulce y las consecuencias adversas que de ello pueden derivarse para el medio ambiente y la seguridad de las personas, hacen que resulte especialmente recomendable la evaluación 'ex post' del proyecto».
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