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El juego «on line» deberá tener un dominio «.es» y tributar en España

La ley del juego, aprobada ayer, quiere acabar con los paraísos fiscalesLos equipos de fútbol cobrarán un porcentaje de las apuestas

El juego «on line» deberá tener un dominio «.es» y tributar en España ABC

M. CALLEJA

Desde su despenalización en 1977, el régimen jurídico de los juegos de suerte, envite o azar y apuestas apenas había cambiado en España. Pero la irrupción de nuevos servicios electrónicos y la utilización de juegos interactivos a través de internet han modificado la concepción tradicional del juego, y han derivado en un proyecto de ley que ayer se aprobó en la Comisión de Economía del Congreso, con la única abstención del PP, y que ahora se ha remitido al Senado para su segunda lectura. La ley pretende acabar con los «paraísos fiscales» de los juegos por internet, cuyos operadores deberán tener una residencia en España y tributar por tanto aquí.

La relación de las casas de apuestas con el deporte también es clave en la redacción aprobada, y que podría entrar en vigor antes del verano. Los clubes de fútbol cobrarán un porcentaje de las apuestas deportivas. A propuesta del PNV, se incorpora una enmienda para regular la distribución de la recaudación y los premios de las apuestas deportivas del Estado. El Gobierno deberá aprobar en dos meses un decreto para fijar los porcentajes y el régimen de participación y distribución del retorno de la recaudación de las apuestas deportivas que el Consejo Superior de Deportes u otro organismo deberá transmitir a las entidades organizadoras de las competiciones.

Multas de hasta 50 millones

Entre las novedades de la ley se incluye, con la oposición del PP, la creación de la Comisión Nacional del Juego, que tendrá por objeto velar por el adecuado funcionamiento del sector. Su finalidad es autorizar, supervisar, controlar y sancionar el desarrollo, explotación y comercialización de los juegos. Las sanciones irán desde multas de hasta cien mil euros, para las infracciones leves, hasta los 50 millones de euros, para las muy graves. Entre las primeras se incluye la participación en juegos cuando se tenga prohibido, como ocurre con los accionistas, propietarios, partícipes o titulares significativos del operador. Entre las infracciones muy graves se encuentra la organización de actividades sin el título correspondiente. También se considerará muy grave el impago injustificado y reiterado de los premios que correspondan a los participantes de los juegos.

Además, en la ley se establece que los medios de comunicación social serán responsables administrativos de la promoción, patrocinio y publicidad de los juegos sujetos a la ley cuando quienes los realicen carezcan de título habilitante. Los grupos parlamentarios han pactado una enmienda transaccional que fija el procedimiento que deberán seguir los medios para anunciar los juegos: antes de captar un anuncio, tendrá que comprobar en una página web habilitada en el Ministerio de Economía que el operador están inscrito en la lista de los que pueden trabajar en España. Precisamente, la ley establece como infracción grave (multa de cien mil a un millón de euros) la publicidad de los juegos cuando quienes lo realicen carezcan de título habilitante expedido por la Comisión Nacional del Juego. La Comisión, en su página web, mantendrá actualizada la información sobre los operadores habilitados.

Los grupos parlamentarios también acordaron implantar un sitio web específico con dominio «.es» para el desarrollo y la comercialización a través de internet de actividades de juego. Será obligatorio redireccionar hacia ese sitio web específico con dominio «.es» todas las conexiones que se realicen desde ubicaciones situadas en territorio español, o que hagan uso de cuentas de usuario españolas, y que sean propiedad o estén controlados por el operador de juego, su matriz o sus filiales. Con esta medida se trata de reforzar la supervisión y el control de las autoridades españolas.

Entre el centenar de enmiendas aprobadas destaca el establecimiento de un periodo transitorio para que las empresas regulen su situación y sus actividades de patrocinio y de publicidad en los medios. Además, se modifica el sistema de concesión de licencias a los operadores. Se establece un sistema abierto, controlado, y con un año y medio para la renovación de la licencia. La socialista Montserrat Colldeforns subrayó que la ley debe implantarse de forma progresiva para dar seguridad a las empresas que ya operan en España e invierten en actividades de patrocinio o publicidad.

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