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Pobreza y discapacidad no separarán a los menores de sus padres

Este jueves se espera que el Congreso dé luz verde a la normativa de protección a la infancia y la adolescencia

Pobreza y discapacidad no separarán a los menores de sus padres jaime garcía

laura peraita

Este jueves se presenta en el Congreso de los Diputados la Ley de Protección a la Infancia y la Adolescencia . Se trata de una reforma que arrancó con el gobierno socialista en 2011, pero que no llegó a entrar en las Cortes, «y a la que se han dedicado muchos esfuerzos hasta lograr un amplio consenso entre comunidades autónomas, ONG y universidades», asegura María Salomé Adroher , directora general de Servicios para la Familia y la Infancia del Ministerio de Sanidad.

El texto en cuestión modifica un total de veinte leyes y entre las medidas propuestas destaca que la pobreza y la discapacidad no serán motivos para separar a un menor de sus padres. El objetivo es modificar el concepto de desamparo, que el Código Civil vigente define cuando hay «una carencia moral y material». El nuevo documento matiza que el desamparo tendrá lugar cuando «hay maltrato por parte de los progenitores o tutores del niño y, por tanto, en esos casos se procederá a la separación del menor».

También se prima el acogimiento familiar frente al residencial . Hasta la fecha era necesario que la familia del menor consintiera el traslado de su hijo a otra familia. «Ahora pretendemos que sea la Administración la que tenga la decisión para favorecer que el menor desarrolle su vida en un entorno familiar».

Según datos de la directora general de Servicios para la Familia y la Infancia, en España hay 13.500 niños en acogimiento residencial . «Lo grave no es el número de niños que están en esta situación, sino el número de años que pasan tutelados por la Administración».

En el apartado de adopciones se pretenden regular también los criterios de idoneidad de las familias y agilizar todos los trámites del proceso.

Un registro controlará los delitos sexuales

Todas las personas que realicen una actividad, profesión u oficio con niños -maestros, pediatras, catequistas...- deberán demostrar que no han sido acusados ni condenados por abusos sexuales , exhibicionismo, trata, etc. Este registro dependiente del Ministerio de Justicia aportará la identidad de los condenados y su ADN . «Aún no está decidido si tendrá carácter retroactivo –asegura María Salomé Adroher–. Estos matices los fijará el Gobierno en los seis meses siguientes a su publicación en el BOE. Esperamos que esté en marcha antes de las elecciones generales».

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