Los detectores de radares, prohibidos después del Puente de Mayo
Su uso acarreará sanciones como la pérdida de tres puntos del carné y una multa de 200 euros
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Los detectores de radares quedarán prohibidos tras el Puente de Mayo. El Boletín Oficial del Estado ha publicado este martes la nueva Ley de Tráfico , que entrará en vigor el próximo 9 de mayo y que contempla esta medida, cuyo uso acarreará sanciones como ... la pérdida de tres puntos del carné y una multa de 200 euros.
La norma, ratificada por el Congreso el 20 de marzo, incorpora otras novedades, como la posibilidad de cortar una carretera o tramo por causas medioambientales, por ejemplo, de contaminación; o la capacidad de inmovilizar un vehículo si circula con niños sin sistema de retención infantil, que será obligatorio para todos los menores que no superen 1,35 metros de altura.
Igualmente, eleva a 1.000 euros la sanción por conducir con presencia de drogas en el organismo -con un test de saliva- y de alcohol cuando se duplique la tasa permitida o en caso de reincidencia, y en los accidentes de tráfico ocasionados por atropello de especies cinegéticas, con carácter general, la responsabilidad será del conductor del vehículo.
Se amplía a 20 días el periodo voluntario para pagar multas o realizar alegaciones aunque renunciando con ello a la presentación de recursos. Además, el texto abre la puerta a elevar en algunos tramos de autovías y autopistas el límite de velocidad hasta los 130 kilómetros hora y reducir en 10 por hora la máxima en carreteras secundarias. No obstante, no concreta cómo se hará, será el Reglamento General de Circulación posterior quien deba dar forma a estos preceptos.
Durante la tramitación parlamentaria, también se acordó que los vehículos prioritarios usarán una señal luminosa azul , aunque se trata de otro aspecto que se desarrollará en el Reglamento General de Circulación. Esta normativa establece también que deberán ser objeto de matriculación definitiva en España los vehículos con matrícula extranjera que se utilizan en España por residentes del país, ya que no figuran en el Registro de Vehículos actualmente.
Por último, se incorpora una nueva disposición adicional para incorporar una directiva europea por la que se facilita el intercambio transfronterizo de información sobre infracciones de tráfico en materia de seguridad vial.
Según defendió la DGT, el objetivo de la norma aprobada es reducir la siniestralidad vial y mejorar la seguridad de los distintos usuarios de la vía, adaptando o modificando otros aspectos que no sólo den respuesta a las necesidades de los conductores, sino también a los cambios que se producen en los vehículos y las vías, factores todos ellos determinantes en la producción de los accidentes.
Los detectores de radares, prohibidos después del Puente de Mayo
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