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EDITORIAL

El ‘procés’ sigue en Canet

La Alta Inspección del Estado es inútil ante lo que constituye un delito de coacciones y amenazas a la familia de un niño de 5 años retransmitido en directo. ¿Dónde está Marlaska?

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La izquierda española debería ser coherente con sus valores republicanos -si es que los tiene y son sinceros- y recordar que el artículo 50, párrafo tercero, de la Constitución de 1931 atribuía al Estado «la suprema inspección en todo el territorio nacional» en materia educativa. ... La Constitución de 1978 no fue tan explícita, pero dejó el fundamento de la Alta Inspección en el artículo 27.8, luego desarrollado en las sucesivas leyes reguladoras del sistema educativo, hasta llegar a la vigente Ley Orgánica de Educación, de 2006, que, en el artículo 149, hace responsable al Estado de «la Alta Inspección educativa, para garantizar (…) la observación de los principios y normas constitucionales aplicables (…)». En concreto, corresponde a la Alta Inspección «velar por el cumplimiento de las condiciones básicas que garanticen la igualdad de todos los españoles en sus derechos y deberes en materia de educación, así como sus derechos lingüísticos, de acuerdo con las disposiciones aplicables» (artículo 140.1.d).

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