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Los empresarios podrán regularizar a los inmigrantes irregulares a partir del 7 de febrero

Los empresarios que quieran regularizar a los inmigrantes irregulares que ya tienen empleados podrán presentar la solicitud para su regularización a partir del próximo 7 de febrero, tras la publicación hoy en el "Boletín Oficial del Estado" del Real Decreto del Reglamento que desarrolla la Ley de Extranjería.

A este proceso, que estará vigente hasta el 7 de mayo, podrán acoger los trabajadores extranjeros irregulares que hayan llegado a España antes del 7 de agosto de 2004 y que acrediten la firma de un contrato.

Será el empleador o empresario el que presente la documentación necesaria ante las instancias administrativas, en donde deberá presentar el certificado de antecedentes penales, el empadronamiento del inmigrante como mínimo seis meses antes y un contrato de trabajo, con carácter general, de seis meses.

También por primera vez, a diferencia de otros procesos de legalización, se van a examinar los antecedentes penales en el país de origen de los extranjeros que pretendan acogerse a la normalización.

La existencia de cientos de miles de inmigrantes en situación irregular ha llevado al Gobierno a establecer, como medida excepcional y previa a la aplicación del régimen ordinario del reglamento, este proceso de normalización para que puedan ser contratados legalmente los trabajadores extranjeros que ya se hallan en nuestro país.

No obstante, el artículo 45.2 del reglamento, que permitirá la regularización de los inmigrantes irregulares a través del arraigo laboral, no entrará en vigor hasta el próximo 7 de agosto.

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