El TC rechaza suspender las penas de prisión de los condenados de los ERE mientras ve sus recursos
La decisión no afecta a Griñán, que retiró su petición tras haber sido resuelta a su favor por la Audiencia de Sevilla
Griñán se libra de entrar en la prisión por el caso ERE en los próximos cinco años
Madrid
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Iniciar sesiónEl Pleno del Tribunal Constitucional ha acordado por unanimidad denegar la suspensión de la pena de prisión a siete de los condenados en la pieza principal de la causa de los ERE de Andalucía. Se trata de Miguel Ángel Serrano, Juan Márquez, Antonio Fernández, ... Francisco Vallejo, Jesús María Rodríguez Román, Carmen Martínez Aguayo y José Antonio Viera Chacón.
Los magistrados justifican el rechazo a esta medida cautelar en la propia jurisprudencia del Tribunal, para la que no procede esta suspensión en penas superiores a cinco años y más aún sin que haya una razón por encima del interés general que, «en un caso como éste, presenta la ejecución de la resolución condenatoria firme».
Señala el Pleno que la gravedad de la pena, la naturaleza y gravedad y trascendencia social de los hechos enjuiciados operan como parámetro decisivo para no acceder a la suspensión interesada, pues los recurrentes fueron condenados por delitos continuados contra la Administración Pública cometidos a lo largo de un extenso periodo de tiempo y con incidencia en toda una comunidad autónoma.
En el caso de Juan Márquez Contreras, agrega, tampoco procede acordar la suspensión de la pena aunque sea de tres años en su caso pues, según argumentan, al hallarse suspendida su ejecución por parte de la Audiencia Provincial de Sevilla mientras se tramita su solicitud de indulto, no está sufriendo ningún perjuicio de imposible reparación que pudiera hacer perder al amparo su finalidad.
Por su parte, el Pleno también acuerda tener por desistido al recurrente José Antonio Griñán después de que la Audiencia de Sevilla suspendiera el pasado junio su pena durante un periodo de cinco años como consecuencia de la enfermedad que padece.
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