La primera votación de investidura celebrada este miércoles resultó fallida para Alberto Núñez Feijóo. El candidato del Partido Popular se enfrentó a la primera votación con un resultado de 172 votos a favor y 178 en contra. En la segunda, el resultado ha ... sido de 172 'síes', 177 'noes' y un voto nulo.
Feijóo sólo consiguió en esa primera votación los 'síes' de Vox, Coalición Canaria y UPN, además de los de su propio partido. Necesitaba la mayoría absoluta, tener a favor a la mitad más uno de los diputados, o lo que es lo mismo el apoyo de 176 de las 350 de las señorías que componen el Congreso de los Diputados. En la segunda, necesitaba mayoría simple.
Como marcan los artículos 171 y 172 del Reglamento del Congreso de los Diputados, en caso de no obtener los votos necesarios durante la primera votación para salir investido, el candidato dispone de una segunda oportunidad. Esa segunda votación debía producirse a las 48 horas de la primera, es decir, este viernes. En este caso, Feijóo necesitaba una mayoría simple: más síes que noes. La investidura de Feijóo se prevía difícil incluso antes de comenzar y esta segunda votación fallida lo ha confirmado.
¿Qué pasa ahora que Feijóo no ha superado la segunda votación?
El Reglamento del Congreso, en los citados artículos, también prevé que el candidato pudiera no superar la investidura. Desde la mayoría absoluta de 2011, esta es la cuarta investidura fallida.
«Si en las votaciones a que se refiere el artículo anterior [art.171], la Cámara no hubiere otorgado su confianza, se tramitarán sucesivas propuestas por el mismo procedimiento», establece dicho Reglamento.
Es decir, que sería el turno de Pedro Sánchez ya que el PSOE quedó en segunda posición en las elecciones generales del pasado 23 de julio. Sin embargo, esta posible sesión de investidura tampoco se prevé fácil ya que el candidato socialista necesitaría los votos de Junts -condicionados a la aprobación de una amnistía y referéndum- para superar la votación. El procedimiento en caso de que Sánchez se sometiera a la investidura tras la designación del Rey será el procedimiento será mismo: una primera votación para la que necesitaría mayoría absoluta y una segunda para la que sería necesaria la mayoría simple.
El Reglamento del Congreso contempla incluso la repetición electoral: «Si transcurren dos meses a partir de la primera votación de investidura y ningún candidato propuesto hubiere obtenido la confianza del Congreso, el Presidente de la Cámara someterá a la firma del Rey el Decreto de disolución de las Cortes Generales y de convocatoria de elecciones y lo comunicará al Presidente del Senado».
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