El TC liquida el núcleo del pacto que Zapatero selló con Mas en Moncloa
La mitad de los artículos declarados inconstitucionales o que requieren interpretación forman parte del acuerdo cerrado en enero de 2006
MARIANO CALLEJA
La sentencia del Tribunal Constitucional ha hecho saltar por los aires el acuerdo que cerraron el presidente del Gobierno, José Luis Rodríguez Zapatero, y el presidente de CiU, Artur Mas, en el Palacio de La Moncloa en enero de 2006. En aquel «pacto del sofá», ... Zapatero y Mas perfilaron el núcleo de texto estatutario que luego sería aprobado por el Congreso, incluidos algunos de los asuntos más espinosos y polémicos, como los relacionados con la «preferencia» de la lengua catalana, el Consejo de Justicia de Cataluña, las relaciones bilaterales de la Generalitat y el Estado o el concepto de nación, que ahora el Tribunal Constitucional ha echado por tierra o bien ha sometido a interpretación para que no pasen la línea roja de la Carta Magna.
El pacto del sofá de La Moncloa, o «la noche de la nicotina», significó, de entrada, uno de los incumplimientos más conocidos por parte de Zapatero. En noviembre de 2003, prometió en un mitin en el Palau Sant Jordi de Barcelona, en plena campaña de las elecciones autonómicas, que aceptaría el texto que saliera del Parlamento catalán. La norma se aprobó allí el 30 de septiembre de 2005, y en seguida se comprobó que el presidente del Gobierno no pensaba cumplir su promesa y que el texto recibiría un buen «cepillado» en el Congreso para ser constitucional. Zapatero y Mas cerraron un «acuerdo global» sobre la reforma del Estatuto tras una reunión que duró más de seis horas, en la que no participó ningún representante de ERC.
Pues bien, ocho de los 14 artículos que el Tribunal Constitucional ha considerado inconstitucionales fueron pactados por Zapatero y Mas en La Moncloa. Después, Francisco Caamaño, actual ministro de Justicia, fue el encargado de darles forma para tratar de guardar una apariencia «constitucional». Además, el TC ha estimado que carece de eficacia jurídica interpretativa las referencias del preámbulo del Estatuto a Cataluña «como nación» y a la «realidad nacional de Cataluña», aspectos que también fueron
cerrados por los líderes del PSOE y de CiU en aquella ocasión y que supusieron una de las partes más controvertidas de la reforma.
Catalán, «preferente»
Los artículos que el el TC ha declarado inconstitucionales y que Zapatero rubricó con Mas se refieren al catalán como «lengua preferente» de las administraciones públicas y al Consejo de Justicia de Cataluña, uno de los puntos «calientes» del Estatuto que ahora el Alto Tribunal vacía de contenido y lo convierte casi en una figura decorativa y simbólica. En concreto, deja sin efecto el artículo donde se decía que este Consejo es «el órgano de gobierno del poder judicial en Cataluña. Actúa como órgano desconcentrado del Consejo General del Poder Judicial».
En «la noche de la nicotina», Zapatero y Mas también cerraron el artículo de las competencias compartidas, que ahora el TC ha clarificado al eliminar un inciso del artículo 111 y precisar así que la legislación básica del Estado debe aplicarse en todo el territorio nacional y no ser meramente orientativa. Este cambio podría afectar directamente a la ley de Educación. Además, otro artículo pactado y ahora corregido se refiere al sistema financiero y a las reglas y estándares mínimos de las bases estatales. El TC garantiza la subordinación a la normativa básica del Estado.
n su sentencia, el TC indica que 27 artículos necesitan una interpretación precisa para ser plenamente constitucionales. De ellos, 13 forman parte del pacto de Zapatero y Mas, incluidos los artículos sobre los «derechos históricos del pueblo catalán» y el catalán como lengua propia: «Todas las personas tienen derecho a utilizar las dos lenguas oficiales y los ciudadanos de Cataluña el derecho y el deber de conocerlas», dice el Estatuto. Las competencias exclusivas, ejecutivas y compartidas, que quedaron fijadas en aquel «pacto del sofá», también requieren ahora una interpretación por parte del TC, lo mismo que el artículo sobre la cmisión blateral
Generalitat-Estado, piedra angular de un Estatuto basado en la relación «bilateral» entre Cataluña y el conjunto de España.
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