Los fiscales que acusan a García Ortiz piden 6 años de cárcel y su suspensión de empleo y sueldo hasta que haya sentencia
La APIF imputa al fiscal general prevaricación y revelación de secretos y solicita que testifiquen en el juicio Lobato, Sánchez Acera y Cerdán, entre otros
Para la fiscal subordinada, Pilar Rodríguez, pide 4 años como cooperadora necesaria de los delitos cometidos por su jefe
El TS procesa por primera vez en democracia a un fiscal general
Seis años de cárcel, 12 de inhabilitación, multa y suspensión en sus funciones hasta que haya sentencia. Estas son las peticiones de los fiscales que ejercen la acusación popular en la causa abierta al fiscal general del Estado, Álvaro García Ortiz, y a la jefa ... de la Fiscalía de Madrid, Pilar Rodríguez, a quienes la Asociación Profesional e Independiente de Fiscales (APIF) les atribuye los delitos de prevaricación y revelación de secretos por la filtración de los datos de carácter reservado de Alberto González Amador, pareja de la presidenta madrileña, Isabel Díaz Ayuso. Si bien esta asociación considera a los dos procesados partícipes de los mismos delitos, en el caso de Rodríguez la pena que pide es algo menor, de 4 años, en calidad de cooperadora necesaria y con un papel y responsabilidad menos destacada que quien representa la cabeza del Ministerio Público.
En su escrito, al que ha tenido acceso ABC, la APIF recuerda que los correos electrónicos que la defensa de González Amador y el fiscal Julián Salto se intercambiaron en el marco del procedimiento fiscal que el primero tenía abierto «contenían información sensible y datos personales de un ciudadano anónimo, por lo que, en lógica consecuencia, estaban sujetos a los criterios de reserva y confidencialidad por parte de la Fiscalía, lo que impedía terminantemente proceder a su divulgación sin el conocimiento y el consentimiento del interesado«.
Tras relatar la secuencia del «frenético» intercambio de mensajes en aras de recopilar los mails intercambiados entre abogado y fiscal con el fin de «ganar el relato», la APIF recuerda que García Ortiz proporcionó a Pilar Rodríguez su cuenta particular «tratando así el acusado de evitar que, de manera oficial, pudiera constar que había recibido los correos electrónicos citados». Rodríguez, a su vez, fue consciente de que tales intercambios serían posteriormente filtrados a la prensa y aún así se los reenvió.
A continuación, García Ortiz «los filtró deliberadamente» a un periodista de la Ser «con la intención de que los publicara y difundiera, pese a conocer perfectamente, especialmente por su condición de fiscal de carrera, el carácter reservado de dichas comunicaciones«. Pone el foco el letrado que representa a esta asociación, Juan Antonio Frago (fiscal en excedencia) en que hasta ese momento ningún medio había publicado el contenido exacto del correo en cuestión.
Y es que la filtración de ese mail del 2 de febrero de 2024 (en el que el letrado de González Amador reconocía la comisión de dos delitos fiscales) generó una serie de efectos lesivos para la pareja de Ayuso, no ya sólo porque afectó «a su reputación», sino porque mermó notablemente sus derechos procesales, despojándole de su derecho a un proceso con todas las garantías. «La conformidad que, de forma legítima, pretendía tramitar de un modo confidencial, se hizo pública injustificadamente, con la merma que eso supone para su derecho de defensa«.
Pero las consecuencias también han sido nocivas para la institución, que, recuerda la APIF, tiene como misión promover la acción de la justicia en defensa de la legalidad, de los derechos de los ciudadanos y del interés público tutelado por la ley. Además, su actuar debe ajustarse a los principios de legalidad e imparcialidad.
«Haciendo caso omiso de lo anterior, Álvaro García Ortiz y Pilar Rodríguez se prevalieron de su condición de fiscales de máxima autoridad para perseguir objetivos puramente privados y políticos. En concreto, utilizaron los mecanismos que tenían a su disposición para conseguir irregularmente y revelar ilícitamente datos confidenciales de un particular anónimo con la única meta de 'ganar un relato'. Es evidente que un actuar semejante ha degradado de forma absoluta la percepción social de la Fiscalía como organismo constitucional«, apunta el escrito.
La línea Moncloa
Además del interrogatorio de los procesados, esta acusación pide que testifiquen en el juicio los fiscales con los que los procesados mantuvieron conversaciones en momentos clave de la filtración (Julián Salto, Almudena Lastra o Diego Villafañe), los jefes de prensa de la Fiscalía General del Estado y de la Fiscalía de Madrid, y dentro de la vía Moncloa, el socialista Juan Lobato, la número dos de Óscar López en el Gabinete de Presidencia Pilar Sánchez Acera, el exsecretario de Comunicación Frances Vallés, y el ya exmilitante socialista y exsecretario general del PSOE Santos Cerdán. Todos en relación con la filtración del correo que perjudicaba a una rival política: a Díaz Ayuso. Los nombres de todos ellos aparecieron en mensajes la mañana del 14 de marzo, cuando había un especial interés en que Lobato mostrara en la Asamblea de Madrid el mail en cuestión en un cara a cara con la presidenta autonómica.
Suspensión de los dos acusados
Como adelantó ABC, el escrito presentado en el Supremo tiene un apartado relativo a la suspensión de ambos procesados en sus funciones en aplicación del artículo 145 del Reglamento Fiscal. Según este precepto «la persona titular de la Fiscalía General del Estado podrá acordar motivadamente, con arreglo a los principios de presunción de inocencia y proporcionalidad, previa audiencia del interesado y de la Comisión Permanente del Consejo Fiscal, la suspensión cautelar de cualquier miembro del Ministerio Fiscal contra el que se siga un procedimiento penal. Dicha suspensión se acordará, en todo caso cuando se dicte auto de apertura de juicio oral o de prisión por delito cometido en el ejercicio de sus funciones o con ocasión de sus funciones o con ocasión de ellas«.
Así, cuando se dicte el citado auto, «debe dirigirse oficio a la Fiscalía General del Estado para que suspenda de empleo y sueldo a los dos acusados». Dice la APIF que aunque se encuentre en situación de servicios especiales, García Ortiz es un miembro más del Ministerio Fiscal, tal y como apuntan determinados preceptos del Estatuto de la carrera, entre ellos el artículo 12 («son órganos del Ministerio Fiscal a) El Fiscal General del Estado») o el 31.4 («Serán aplicables al Fiscal General del Estado las incompatibilidades establecidas para los restantes miembros del Ministerio Fiscal»).
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