El Constitucional rechaza todas las recusaciones del PP contra sus miembros sin ni siquiera tramitarlas
Acepta la abstención de Campo hasta en 14 asuntos por un motivo similar al que alegó sin éxito Espejel
Madrid
Esta funcionalidad es sólo para registrados
Iniciar sesiónEn esta ocasión no es la falta de legitimación para promover las recusaciones que se alegó hace dos semanas respecto a cinco exdiputados del Grupo Popular, pero la conclusión es la misma: el Tribunal Constitucional que preside Cándido Conde-Pumpido no está por la ... labor de modificar un ápice la composición de un Pleno que cuenta en estos momentos con una mayoría progresista 7-4 y en el que cualquier movimiento puede resultar crucial para la resolución de los recursos de inconstitucionalidad que están sobre la mesa.
El Pleno del Tribunal Constitucional ha inadmitido así este martes -en unos casos por extemporáneas y en otros para evitar la parálisis del órgano- las recusaciones promovidas por más de 50 diputados del Grupo Parlamentario Popular en el Congreso y del Grupo Parlamentario Ciudadanos contra los magistrados Juan Carlos Campo y Laura Díez, respectivamente. Ambas se presentaron fuera de plazo.
La petición de apartarles de varias leyes aprobadas por el Gobierno de Sánchez del que ambos formaron parte, entre ellas la eutanasia, la ley de educación Celáa o la reforma del Consejo General del Poder Judicial, entre otras, se fundamentaban respecto a Campo en su condición de exdiputado y exministro de Justicia. De Díez, por su parte, se cuestionaba su imparcialidad por haber sido directora general en el Ministerio de la Presidencia, Relaciones con las Cortes y Memoria Democrática en el periodo comprendido entre el 4 de febrero de 2020 y el 26 de abril de 2022.
Se pasó el plazo
El Tribunal considera que la composición del Pleno es «pública, notoria e invariable desde el momento en que los magistrados toman posesión de su cargo», hecho que se produjo el 9 de enero de 2023. Fue en esa fecha cuando empezó a contar el plazo de diez días para promover su recusación de los asuntos de los que pudieran tener conocimiento. Ese plazo, de 10 días, finalizó el día 23 de enero de 2023 y los escritos de recusación se presentaron el 31 de enero de 2023, señalan.
PP y Vox arremeten contra la maniobra del Constitucional de impedir la abstención de Espejel
Juan Casillas BayoLas asociaciones judiciales no valoran la decisión salvo la progresista Juezas y Jueces para la Democracia, que la avala
El artículo 223 de la Ley Orgánica del Poder Judicial (LOPJ) señala que las recusaciones se inadmitirán cuando no se propongan en el plazo de 10 días desde la notificación de la primera resolución por la que se conozca la identidad del juez o magistrado a recusar «si el conocimiento de la concurrencia de la causa de recusación fuese anterior a aquél».
Reforma de la malversación
Junto a las anteriores, el Pleno también ha acordado inadmitir de plano las recusaciones formuladas por más de 50 diputados del Grupo ParlamentarioVox en el Congreso contra el presidente del Tribunal, Cándido Conde-Pumpido, Juan Carlos Campo, María Luisa Segoviano y Laura Díez en el recurso de inconstitucionalidad contra la reforma del Código Penal que suprimió la sedición y modificó el delito de malversación.
En este caso el Tribunal argumenta que dicha recusación supondría, en caso de su tramitación, una «paralización inaceptable» de las funciones de sus funciones ante la que «debe salvaguardar el ejercicio de su propia jurisdicción». Apartar a los cuatro magistrados implicaría dejar el Pleno con siete miembros, uno menos del quorum necesario para poder resolver. Contribuye a esta circunstancia el hecho de que la plaza número 12 del TC, la que ocupaba el magistrado Alfredo Montoya a propuesta del Senado siga estando vacante. Si no fuera así, no se podría alegar esa falta de quorum.
Como en el último Pleno, en el que aceptó las abstenciones de Campo y Díez en varios asuntos pendientes, los magistrados han vuelto a avalar que el exministro Campo se aparte en hasta 14 asuntos distintos por una causa similar a la que hace dos semanas alegó, en su caso de forma infructuosa, la magistrada Espejel en el aborto: «haber ocupado cargo público, desempeñado empleo o ejercido profesión con ocasión de los cuales haya participado directa o indirectamente en el asunto objeto del pleito o causa o en otro relacionado con el mismo».
Contra Campo y Díez
Las recusaciones del PP y Ciudadanos contra los magistrados Juan Carlos Campo y Laura Díez aludían a su condición de exmiembros del Gobierno de Sánchez. De ahí que se les quisiera apartar de ocho recursos contra leyes aprobadas por ese Ejecutivo del que formaron parte, entre ellas la eutanasia, la ley de educación o la que prohíbe al CGPJ hacer nombramientos.
Vox cuestionaba a cuatro
Además de a Campo y Díez Vox cuestionaba también a Conde-Pumpido y a la magistrada María Luisa Segoviano en un recurso concreto: el de la reforma penal que suprimió la sedición y modificó la malversación.
Abstención del exministro
El Pleno aceptó la abstención que el propio Campo planteó en catorce asuntos que conoció primero como diputado y luego como ministro.
Algunas de estas abstenciones se fundamentan en su condición de exdiputado; otras, de exministro del Gobierno de Sánchez. Entre las primeras figura su participación en las votaciones del Pleno y de la Diputación Permanente del Congreso de los Diputados que aprobaron varios reales decretos impugnados como recursos de inconstitucionalidad. Es el caso del régimen jurídico aplicable a la designación del Consejo de Administración de la Corporación RTVE y de su presidente o el de garantía de la igualdad de trato y de oportunidades entre mujeres y hombres en el empleo y la ocupación.
Entre los asuntos que conoció en su calidad de titular de Justicia, su participación en el Consejo de Ministros que dio luz verde a la ley de Educación que reformó a la de 2006; los Presupuestos Generales del Estado para el año 2021; la protección de los consumidores y usuarios frente a situaciones de vulnerabilidad social y económica; las medidas urgentes en el orden sanitario, social y jurisdiccional tras finalizar el estado de alarma, o la ley de protección integral a la infancia y la adolescencia frente a la violencia.
Tanto Campo como Díez ya se habían abstenido anteriormente en otros procedimientos relacionados, en el caso de Campo, con su relación con la presidenta del Congreso, Meritxell Batet; y en el de Díez, con varias recursos relacionados con el 25 por ciento del castellano en las aulas. (Díez fue vicepresidenta del Comité de Garantías Estatutarias que avaló las modificaciones del Govern).
Esta funcionalidad es sólo para suscriptores
Suscribete
Esta funcionalidad es sólo para registrados
Iniciar sesiónEsta funcionalidad es sólo para suscriptores
Suscribete