Condenado a nueve años de prisión por echar aceite hirviendo a su expareja y causarle quemaduras graves en Alicante

El agresor tiene que indemnizar a la víctima con 46.000 euros y pagar los desperfectos en su casa donde irrumpió con orden de alejamiento

Condenan a siete años de prisión a un hombre que intentó matar a su pareja a golpes en Valencia

Edificio de la Audiencia Provincial de Alicante JUAN CARLOS SOLER

D. A.

ALICANTE

Un hombre ha sido condenado a nueve años y medio de prisión por echar aceite hirviendo sobre su expareja, de la que tenía una orden de alejamiento, según la sentencia de la Audiencia Provincial de Alicante.

También deberá indemnizar a ... la mujer con 46.545,2 euros de multa -145,2 euros por los desperfectos de la puerta y el resto por las lesiones padecidas por la víctima-. En concreto, deberá pagar por la «pérdida de calidad de vida muy grave», por secuelas fisiológicas y estéticas y por intervención quirúrgica.

Había sido acusado de los delitos de quebrantamiento de condena, coacciones, lesiones con deformidad, un delito leve de daños y otro de lesiones.

Sucedió el 29 de agosto de 2022, cuando el condenado fue a casa de la víctima, en Elche, rompió el marco de la puerta para acceder a ella y echó a la mujer de su domicilio. Cuando accedió de nuevo a la vivienda, se puso a cocinar y, «de manera sorpresiva, a traición», el hombre agarró la sartén y lanzó sobre la parte izquierda del cuerpo de la mujer el aceite hirviendo que contenía, según indica la sentencia en los fundamentos jurídicos.

«El testimonio de la denunciante es unívoco, sin lagunas y se encuentra corroborado. La variación de extremos horarios que destaca la defensa es intrascendente y, además, comprensible dado el estado de la víctima», apunta la sentencia.

Ignoraba las prohibiciones

La Sala señala que el quebrantamiento de condena «es pacífico y no se discute» y añade que, «según el propio acusado, no le concedía importancia a las prohibiciones y por eso las quebrantaba», por lo que ha sido condenado a un año de prisión, con la agravante de reincidencia.

El día de los hechos, el varón, de 36 años de edad, rompió el marco de la puerta de la mujer, por lo que se le ha condenado a dos meses de multa por un delito leve de daños. Asimismo, no dejó a la víctima entrar en su casa, «consumando el delito de coacciones por el que se le acusa, atentando contra su libertad de obrar, tratando de imponer su voluntad sobre el propósito legítimo de la mujer de acceder a su propio domicilio, impidiéndoselo mediante el ejercicio de fuerza física y violencia«. Por ello, la Sala le ha condenado a un año de prisión.

Además, los magistrados le imponen siete años y seis meses de prisión por el delito de lesiones con deformidad y no podrá acercarse a menos de un kilómetro a la víctima ni a su domicilio o trabajo. La mujer sufrió varias quemaduras de segundo grado de las que tardó más de 200 días en curar.

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