Convocadas las ayudas 'Pasaporte de vuelta' con hasta 6.600 euros para el retorno de emigrantes a la Comunidad

Las solicitudes a estos apoyos de la Junta de Castilla y León pueden presentarse hasta el próximo 12 de julio

Hasta 6.700 euros para un 'pasaporte de vuelta'

 

Varias personas portando maletas en una imagen de archivo V. M.

M. A.

Valladolid

La Junta de Castilla y León ha lanzado una nueva convocatoria del programa de ayudas 'Pasaporte de vuelta', unos apoyos que tienen como objetivo facilitar el retorno a emigrantes de la Comunidad que residan en estos momentos en el exterior en 2023.

En total, según los datos del INE, el número de castellano y leoneses afincados en el extranjero a fecha 1 de enero de 2023, asciende a 183.711 personas, apunta la administración regional en un comunicado, en el que detalla que el montante de las ayudas va desde los 2.500 euros hasta los 6.600. El plazo de presentación de las solicitudes concluye el próximo 12 de julio.

El consejero de la Presidencia, Luis Miguel González Gago, ha manifestado el interés de la Consejería en que «todos los solicitantes que cumplan los requisitos establecidos en la convocatoria puedan ser beneficiarios de las ayudas.»

Modalidades y requisitos

Las ayudas tienen dos modalidades. Por un lado, las destinadas a aquellas personas que a fecha de presentación de su solicitud no hubieran retornado a la Comunidad y que pretendan hacerlo antes del 31 de agosto de 2023. Por otro,  las que pretenden apoyar la integración social de aquellos que a la fecha de presentación de su solicitud ya hubieran retornado a la Comunidad.

 

Para poder optar a las ayudas convocadas los solicitantes deberán cumplir varios requisitos: ser mayor de 18 años, tener la nacionalidad española, ser oriundos o procedentes de Castilla y León, de acuerdo con la definición prevista en el artículo 2.3 de la Ley 8/2013, de 29 de octubre, de la Ciudadanía Castellana y Leonesa en el exterior, que el retorno se haya producido o se vaya a producir desde el extranjero a cualquier municipio de Castilla y León, carecer de bienes inmuebles de valor superior a 50.000 euros (distintos de la vivienda en la que se resida o se pretenda residir tras el retorno), estar al corriente de sus obligaciones tributarias (y en su caso, con la Seguridad Social) y no haber sido beneficiario en años previos de ayudas convocadas por la Administración de la Comunidad de Castilla y León para facilitar el retorno o la integración de los retornados.

Los solicitantes además deberán haber residido legalmente en el extranjero al menos dos años dentro de los últimos cinco respecto a la fecha de solicitud de la ayuda, o bien haber trabajado legalmente en el extranjero al menos durante un año, en el caso de solicitantes de 35 o más años, o al menos seis meses, en el caso de solicitantes menores de 35 años, dentro de los últimos cinco años respecto a la fecha de solicitud de la ayuda.

Como requisito específico para optar a las ayudas del Programa I, el beneficiario deberá comprometerse a retornar a un municipio de Castilla y León antes del 31 de agosto de 2023. Para ser beneficiario del Programa II los solicitantes deberán cumplir, junto a los requisitos generales, que el retorno se haya producido en el periodo comprendido en los dos años anteriores a la fecha de presentación de su solicitud y estar empadronado y tener residencia habitual, a la fecha de presentación de su solicitud, en un municipio de la Comunidad.

Beneficios para menores de 35 y el medio rural

En la convocatoria publicada este miércoles por la Consejería de la Presidencia se fija que la ayuda económica para cada beneficiario de ambos programas será de 2.500 euros, si bien por cada persona a su cargo la cifra se incrementará en 500 euros adicionales hasta un máximo de 4.500 euros por perceptor. A su vez, se establece que si el beneficiario es menor de 35 años su ayuda ascienda a 3.500 euros, que igualmente serán complementados con 500 euros por cada persona a su cargo, con una cantidad máxima de 5.500 euros.

Las ayudas económicas se incrementarán en un 20% si la persona beneficiaria ha retornado o pretende hacerlo a un municipio de menos de 10.000 habitantes, o bien de 3.000 habitantes si dista menos de 30 kilómetros de la capital de provincia.

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