VIOLENCIA DE GÉNERO
Canarias eleva a ocho las condenas reducidas con la ley del 'Solo sí es sí'
Las tres revisiones de condena conocidas en este mes de enero corresponden a dos agresiones sexuales a menores y una en grado de tentativa a una víctima con retraso mental
Irene Montero en una visita a Argentina en 2022 en foto de archivo
La Audiencia de Santa Cruz de Tenerife ha confirmado que se elevan al menos a siete las reducciones de condena al amparo de la ley del 'Solo sí es sí' tras sumar otras tres a las cuatro recibidas en el mes de diciembre ... de 2022.
El primer auto, hecho público por el TSJC, rebaja una pena de 13 años, seis meses y un día hasta 12 años y seis meses en un caso de agresión sexual a menor de 16 años, y expone que «la nueva norma dispone un nuevo marco penal, con previsión de penas que puedenresultar más favorables al reo».
En estas circunstancias, prosigue el auto, «con el anterior Código se tomó como base para la determinación de las pena de prisión, la pena de 12 a 15 años, con un mínimo correspondiente al delito agravado de 13 años y 6 meses de prisión«. Ahora, »la pena mínima en la nueva ley, correspondiente al delito agravado, es de 12 años y 6 meses, por lo que en las mismas circunstancias que valoró la sentencia revisada y siguiendo su declaración expresa, se entiende adecuado al caso revisar la condena impuesta«.
El segundo auto recoge la condena de un hombre a 3 años y 9 meses por tentativa de agresión sexual que ahora, en virtud de la aplicación de la nueva ley, queda reducida a tres años. La Sala señala que la sentencia original superó el mínimo al tener en cuenta el plus de antijuridicidad debido a la especial vulnerabilidad de la víctima, pues tenía retraso mental, lo que lleva a imponer la pena en su grado mínimo conforme a la legislación vigente, si bien se considera «perfectamente proporcional» imponer tres años de prisión.
Así, estima que cabe la revisión, pese al criterio contrario de la Fiscalía y la defensa, y entiende que cabe una individualización de la pena y ve «ajustada» fijarla hasta los tres años.
«No es lo mismo imponer la pena un poco más alta cuando el marco punitivo va de tres a seis años de prisión que cuando va de dos a cuatro años de prisión dónde la cercanía a la pena de dos años nos enfrenta a posibles beneficios que no se desprende que fueran barajados en modo alguno por el tribunal que dictó la sentencia ni tampoco por el espíritu del legislador en la reforma de la ley 10/2022«, recoge el auto.
El tercero hace referencia a un hombre condenado a 10 años y un día de prisión como autor de un delito continuado de abuso sexual a menor de 16 años que se rebaja un año, a 9, en virtud de la ley. En la revisión, apunta la Sala, se impone expresamente la pena mínima que corresponde a este hecho delictivo, sobre una pena a la que se ha aplicado un criterio de exacerbación como delito continuado, atribuyendo una pena única a dos conductas delictivas: una más grave y otra de menor gravedad.
Así, indica, con el anterior Código se tomó como base para la determinación de las penas de prisión del delito más grave, de 8 a doce 12, con un mínimo correspondiente al delito continuado de 10 años de prisión. La pena mínima en la nueva ley, correspondiente al delito continuado, es de 9 años y esta pena, con las mismas circunstancias que valoró la sentencia revisada, resultaría una pena imponible al caso enjuiciado, por lo que se debe revisarla condena impuesta.
Ocho agresores saldrán antes de prisión
Estas tres nuevas revisiones de condena, que han sido con informe en contra del fiscal, llegan después de que la Audiencia de Santa Cruz de Tenerife rebajase la condena de un hombre de 6 a 4 años por agredir sexualmente a una mujer en La Gomera tras retenerla en un cuarto de aperos.
También aligera ahora su pena un hombre condenado por dos delitos contra una niña de 12 años que pasa de 8 a 6 años de prisión, reduciéndole la pena correspondiente al abuso sexual con acceso carnal. La Sala vio procedente fijar seis años porque impuso la sentencia al no haber consecuencias físicas ni psicológicas para la menor.
Otro de los autos que contempla esta rebaja la pena de cárcel, conocida en diciembre, corresponde a un hombre condenado a 8 años por un delito de abuso sexual a menor, que cumplirá 6 años, aunque tiene tres delitos distintos que suman 35 años y medio de prisión.
El último auto también recoge una rebaja de condena de seis a cuatro años de cárcel por un delito de agresión sexual a menor con parentesco.
También la Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Las Palmas ha rebajado de 5 años a 3 años y 11 meses de prisión la condena a dos hombres que cumplen condena en Mauritania por un delito de agresión sexual en grado de tentativa, en concreto a uno de ellos como autor y a otro como cómplice.
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