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Tribunales

Segunda condena contra el Gobierno de Aragón por no proteger a sus sanitarios frente al Covid

«No se actuó con la diligencia exigible» y se les puso en «grave riesgo», afirma la sentencia de un juzgado de Huesca

Personal del hospital Miguel Servet de Zaragoza, en el homenaje a un compañero que murió por el Covid F. Simón
Roberto Pérez

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El Gobierno de Aragón ha sido condenado por segunda vez por no proteger a sus sanitarios frente al coronavirus . La primera sentencia condenatoria fue dictada por un juez de Teruel. Dictaminó que las autoridades habían vulnerado el derecho a la vida y a la salud de los sanitarios -y de los ciudadanos, por extensión- al no haber facilitado los equipos de protección individual (EPI) necesarios para evitar contagios de Covid-19. Ahora, otro juez de Huesca se ha pronunciado en sentido similar, a raíz de una denuncia presentada por el sindicato médico Fasamed.

En este nueva sentencia, el magistrado reprocha a la Administración que «no actuó con la diligencia exigible» y considera que no vale la excusa de que había un desabastecimiento de EPI en los mercados cuando estalló la pandemia en España , porque podían y debían haberse adquirido antes de que llegara a nuestro país la crisis del coronavirus.

Esta sentencia lleva la firma de Eduardo Bernués, titular del Juzgado de lo Social de Huesca . En ella condena al Servicio Aragonés de Salud, al Instituto Aragonés de Servicios Sociales -del que depende la supervisión de las residencias de ancianos- y al Gobierno aragonés -del que son ambos organismos-.

Como ocurrió con la primera sentencia , la consecuencia práctica de esta condena es escasa en sí misma: obliga a la Administración a facilitar a su personal sociosanitario los EPI, pero esta orden judicial llega cuando ya no hay desabastecimiento. Sí puede resultar relevante esta sentencia de la jurisdicción laboral -al igual que la primera- en el caso de que se pudieran exigir responsabilidades en otros órdenes jurisdiccionales –civiles o penales-, ya que ha quedado sentado en dos sentencias laborales que las autoridades no actuaron de forma responsable.

«El personal sanitario ha desarrollado su trabajo bajo la existencia de un riesgo grave para la salud, por su exposición al agente biológico Covid-19, propiciado por la escasez de EPIS . Dicho riesgo se ha materializado en un alto índice contagios entre el personal sanitario, con mayor incidencia que el resto de la población», indica esta sentencia dictada en Huesca.

Javier Lambán y la actual consejera de Sanidad, Sira Repollés, que asumió el cargo hace unas semanas, tras la polémica ue le costó el puesto a su antecesora F. S.

«Ante esta constatación, atendiendo al riesgo y el resultado provocado por el incumplimiento de las partes demandadas, debo entender que ha existido lesión del derecho a la integridad física, íntimamente vinculado al derecho a la salud en los términos expuestos en la Jurisprudencia constitucional», concluye el juez.

Respecto al argumento de la Administración de que la falta de equipos de protección fue por fuerza mayor, porque había desabastecimiento cuando estalló la pandemia en España –en Aragón los primeros casos aparecieron en los últimos días de febrero-, el juez afirma que no es una excusa válida.

«Desde finales de enero se puso de manifiesto que nos encontrábamos en un contexto de emergencia sanitaria internacional», destaca el juez, quien recuerda también que a principios de febrero la Organización Mundial de la Salud (OMS) avisó para que se adquirieran equipos de protección personal para sanitarios, «lo que en el ámbito que nos encontramos, por cuestiones de salud pública, determinaba la obligación del empleador de situarse en una situación de prevención».

«En definitiva, lo cierto es que no se actuó con la toda la diligencia exigible por el empleador para la protección de los trabajadores sanitarios», concluye el juez Eduardo Bernués.

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